Operativos contra la trata: apenas un simulacro

Las últimas redadas dejaron en evidencia las contradicciones de los fiscales: los prostíbulos con habilitación oficial pueden funcionar

Por Pablo Bosch
Cada fin de semana, en las secciones de avisos clasificados de los principales diarios de la provincia, se publican alrededor de 500 anuncios dirigidos a los consumidores de prostitución, en muchos casos una pantalla para encubrir la actividad de proxenetas que administran uno o varios prostíbulos que se presentan públicamente como “privados” o “spa”. En estas mismas secciones, pero ordenados bajo otro rubro, cada semana se reitera la publicación de determinados avisos donde se ofrece “trabajo” a mujeres por una suma importante de dinero, sin precisar la oferta laboral, a veces con textos confusos o engañosos y, en algunos casos, explicitando abiertamente que se trata de búsquedas para el ejercicio de la prostitución.
La proliferación de este tipo de anuncios fue generando una creciente preocupación dentro del movimiento feminista, en especialistas en criminología y en funcionarios políticos y judiciales que trabajan sobre la problemática de la trata de personas con fines de explotación sexual. Para muchos de estos sectores estaba claro que las publicidades que promocionan servicios sexuales a cargo de supuestas “bebotas”, “nenitas” o “colegialas”, que esperan a sus clientes en ambientes “exclusivos”, “confortables” o “reservados”, son la parte visible de complejas y extendidas redes de prostitución que operan en todo el país.
Fue así que fueron surgiendo distintas iniciativas legislativas para restringir la publicación de estos avisos, tomando como referencia las directivas y recomendaciones que produjo el procurador general de la Nación, Esteban Righi, y la Unidad Fiscal Especializada en el Delito de Trata de Personas. En este contexto, para sorpresa de muchos y tras largos años de inacción, los fiscales de la ciudad de Santa Fe, siguiendo instrucciones del procurador general de la Corte Suprema, Agustín Bassó, realizaron una redada en varios prostíbulos durante la noche del 4 de noviembre. En total fueron allanados ocho domicilios, aunque sólo hubo resultados positivos en cuatro, ubicados en Mitre al 6700, 1º de Mayo al 2000, Almirante Brown al 5900 y Urquiza al 2300.
En los operativos comandados por las TOE (Tropas de Operaciones Especiales) fueron detenidas 13 personas: diez mujeres –presuntamente prostitutas–, una de las cuales es de nacionalidad brasilera, dos hombres encargados de los prostíbulos y otra mujer que trabajaba como recepcionista. Se secuestraron preservativos, planillas de clientes, dinero, juguetes sexuales, videos pornográficos, celulares, gel íntimo y una terminal de “posnet” para el pago de los servicios con tarjeta de crédito.
La movida judicial tuvo una amplia difusión periodística pero, a poco de andar, fueron quedando en evidencia las contradicciones de los fiscales santafesinos.
El primer indicio surgió cuando hicieron trascender que el objetivo de la investigación era detectar aquellos lugares donde se ejercía la prostitución sin los debidos cuidados para la salud pública, tal como lo establece la ley 12.331 de Profilaxis. “La única manera de poder abrir un prostíbulo es contando con la autorización de la autoridad pública”, publicó El Litoral el 5 de noviembre, citando palabras de los fiscales durante los allanamientos. “Puede haber prostíbulos en la medida que cuenten con los controles de la autoridad de aplicación; esto incluye instalaciones adecuadas, limpias e higiénicas; que las personas que estén trabajando tengan controles periódicos y se encuentren sanas. En definitiva, que no haya peligro para la salud pública”, insistió la fuente judicial anónima citada por el vespertino local.
Este controvertido enfoque, que dejó abierta la posibilidad de un funcionamiento legal de los prostíbulos, siempre y cuando cuenten con una habilitación oficial, fue ratificado luego por el fiscal Jorge Andrés en una entrevista que mantuvo con el programa Personal y político de Radio Nacional Santa Fe. Según explicó el funcionario judicial, “las medidas realizadas apuntan a detectar casas donde se ejerciera la prostitución de manera organizada. El delito es regentear un establecimiento donde se ejerza la prostitución sin la habilitación de la autoridad pública. El bien jurídico que protege la ley 12.331 es la salud pública, entonces, si en el lugar se ejerce la prostitución y se cuenta con la habilitación del Estado para eso, que incluye controles sanitarios, inspecciones periódicas, normas de higiene y otras, el lugar puede estar perfectamente habilitado”.
–¿Cómo prostíbulo? –preguntó Ana Fiol, periodista del programa.
–Sí, eso dice la ley.
Respecto al origen de la investigación, Jorge Andrés sostuvo que recibieron instrucciones del procurador de la Corte, Agustín Bassó, “para la persecución de delitos vinculados a la prostitución y la trata de blancas (sic). En particular empezamos haciendo énfasis en las ofertas sexuales que se podían observar en los medios de comunicación. Cuando vimos que había números telefónicos que se repetían, a pesar de que cambiaban los nombres de los ofertantes, surgió la sospecha de que se trataba de líneas que se encontraban instaladas en prostíbulos”. Para completar el panorama de la causa, el fiscal descartó la hipótesis de la trata de personas, y ejemplificó que “la persona extranjera que nosotros encontramos no aparentaba estar contra su voluntad”.
Pero el dato que acrecentó las sospechas sobre las motivaciones del operativo del 4 de noviembre fue la confirmación de que las meretrices detenidas quedaron imputadas como cómplices de los proxenetas. “Se las demoró mientras se hacían las actas y todas las identificaciones. Luego se les tomó declaración porque ellas participaron de la actividad del prostíbulo no habilitado. En dogmática penal ellas serian partícipes principales del delito”, dijo Jorge Andrés. De esta manera, la mirada inicial sobre la “embestida del Ministerio Público Fiscal” contra la prostitución organizada cambiaba por completo. Comenzaba a quedar en evidencia un enfoque jurídico anquilosado y contrario en varios aspectos a los documentos y compromisos asumidos por la Provincia y el Poder Judicial santafesino.
ORSAI A MEDIANOCHE. En el marco de una causa judicial iniciada en Mar del Plata, donde se investigan las conexiones que se desprenden de los avisos publicitarios que se publican en el denominado rubro 59, la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas, dependiente del Procurador de la Nación Esteban Righi, presentó un escrito donde sostiene que “a partir de la sanción de la ley 12.331 en el año 1937 la República Argentina realizó un viraje sustancial en el modo de concebir el fenómeno de la explotación del comercio sexual de personas en la Argentina. Así se abandonó un sistema reglamentista para adscribirse a uno abolicionista que, básicamente, consiste en reprimir penalmente todas aquellas conductas relativas a la explotación de la prostitución ajena, como asimismo al favorecimiento o incitación de la misma, incluyendo la represión del tráfico de personas y dejando siempre impune a la prostituta”.
“Con posterioridad a la sanción de esta norma”, continúa el escrito de la UFASE, “el Estado argentino reafirmó este encuadramiento ante la comunidad jurídica internacional al obligarse a castigar la explotación de la prostitución ajena en todas sus formas, incluso afirmando la irrelevancia del consentimiento de la víctima”.
Este camino se inicia 2 de noviembre de 1949, cuando las Naciones Unidas adoptaron el “Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena”, que nuestro país ratificó en 1957 con el Decreto Ley 11.925, confirmado luego por la Ley del Congreso 14.467 del año 1958. Según estas normas los países firmantes “se comprometen a castigar a toda persona que para satisfacer las pasiones de otra, concertare la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de tal persona; o explotare la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de tal persona”.
Además, los firmantes del convenio se comprometen “a castigar a toda persona que: Mantuviere una casa de prostitución, la administrare o a sabiendas la sostuviere o participare en su financiamiento; Diere o tomare a sabiendas en arriendo un edificio u otro local, o cualquier parte de los mismos, para explotar la prostitución ajena”. Más adelante, la Argentina suscribe la “Convención sobre la Eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer”, ratificada por ley 23.179 e incorporada a la Constitución Nacional por el artículo 75 inciso 22, donde se expresa: “Los Estados Parte tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer”. Otro paso importante fue la sanción de la Ley 25.632, que aprobó la “Convención Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional, y por la cual la Argentina se comprometió a perseguir y reprimir el delito de trata de personas.
Finalmente, este conjunto de normas posibilitó que en el año 2008 se aprobara la Ley 26.364 sobre “Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas”. A partir de entonces, se comenzaron a articular acciones de política criminal entre la Nación y las provincias, en el marco del Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina. El rumbo lo fue marcando la Procuración General de la Nación a través de un conjunto de recomendaciones que quedaron plasmadas en un Protocolo de Actuación aprobado el 26 de agosto de 2009 por el Consejo Federal de Política Criminal.
Este marco de actuación fue adoptado por el Poder Judicial de la provincia de Santa Fe, a través de la Resolución 15, firmada el 6 de octubre de 2009 por el procurador Agustín Bassó. Así se dispone “el cumplimiento por parte del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de los lineamientos generales y específicos consagrados en el Protocolo de Actuación contra el delito de Trata de Personas”. Según estas recomendaciones los fiscales provinciales deben colaborar con la jurisdicción federal y asumir la situación de “extrema vulnerabilidad” de las víctimas del delito de trata de personas.
Como se puede observar, ninguna de estas recomendaciones fue tenida en cuenta por los fiscales provinciales que encabezaron la redada sobre los prostíbulos de la ciudad.
DEL BENEPLÁCITO AL ESTUPOR. Tras el impacto inicial, distintos sectores vinculados a la denuncia de las redes de trata de personas con fines de explotación sexual, salieron a cuestionar el accionar de la Justicia. Para la abogada Paula Condrac, integrante de la Multisectorial de Mujeres y especialista en cuestiones de género, “es verdaderamente preocupante que se esté actuando con la vieja ley de profilaxis”.
“Entiendo que la Justicia provincial es incompetente. Están actuando con una ley de profilaxis que tiene más de 80 años y vemos que existe la posibilidad que se trate de un caso de trata de personas para explotación sexual. No sabemos si las mujeres son de Santa Fe, si van variando de lugar o dónde tienen sus documentos”, señaló Condrac.
“Están dejando fuera de la investigación la posible captación o el transporte que se haga de las mujeres, no se indaga si medió fraude, engaños o violencia y tampoco se investiga la posible situación de vulnerabilidad en que se puedan encontrar las chicas”, agregó la abogada. Condrac advirtió que “las mujeres fueron detenidas en lugar de ser tratadas como posibles víctimas del delito federal de trata de personas. Está actuando la Provincia, cuando no puede investigar la posible comisión de este delito que es de índole federal”.
“No se puede tratar a estas mujeres como delincuentes, porque no lo son, y porque tienen derechos como víctimas como se los reconoce la ley de trata de personas. Tienen derechos a estar informadas de su situación, a tener un alojamiento especial, y a recibir asistencia psicológica. Si son víctimas de trata no van a poder declarar en contra de sus victimarios. Le corresponde a la justicia federal brindarles protección para que puedan declarar alejadas de sus victimarios. Se está tirando por la borda la posibilidad de investigar. ¿Quién va a declarar ahora? ¿En qué condiciones? Es muy posible que actuar de esta forma opere negativamente en el futuro”, concluyó la abogada de la Multisectorial de Mujeres.
En el mismo sentido se manifestó la militante feminista Silvina Sierra, integrante de la ONG Las Diversas, desde donde fogonean la campaña “Ni una mujer más víctima de las redes de prostitución”. Sierra destacó la incongruencia de hablar de prostíbulos “ilegales”, como si fuera posible en nuestro país la existencia de prostíbulos legales.
La activista cuestiona la posición “reglamentarista” de los fiscales santafesinos, “tendiente al control de las personas en prostitución y que implica la aceptación de la prostitución misma como un ‘mal necesario’ o, en el caso de considerarla un ‘trabajo’, como un bien social” y recuerda los artículos 15 y 17 de la Ley 12.331 donde se dispone que “queda prohibido en toda la República el establecimiento de casa o locales donde se ejerza la prostitución o se incite a ella” y que “los que sostengan, administren o regenteen, ostensible o encubiertamente casas de tolerancia, serán castigados con una multa de doce mil quinientos a ciento veinticinco mil pesos. En caso de reincidencia, sufrirán prisión de uno a tres años, la que no podrá aplicarse en calidad de condicional”.
“No hay ambigüedad alguna en la prohibición de los prostíbulos y en la penalización de quienes los sostengan, administren o regenteen. Plantear que sólo están prohibidos estos establecimientos cuando afectan la salud pública es no sólo volver a concepciones retrógradas a las que la ley 12.331 puso fin, sino ignorar los propios fundamentos de esa ley, que no fueron exclusivamente sanitarios”, dijo la militante feminista.
Para ello, recuperó la posición del senador salteño Carlos Serrey, que en el debate parlamentario de 1937 sostuvo que la inclusión de los artículos 15 y 17 buscaba la “dignificación humana, de igualdad de los sexos, de verdadero feminismo, abolición de la más ominosa de las esclavitudes”, agregando que el propósito de la ley era erradicar “uno de los males más graves que derivan de la prostitución oficializada… el desarrollo de la trata de blancas…”.
Serrey señaló en aquel debate, que “la discusión entre abolicionistas y reglamentistas, basada en razones profilácticas, no pueden subsistir porque hay otros motivos superiores que invocar”. Por todo esto, Sierra sostuvo que “las declaraciones atribuidas a los fiscales santafesinos carecen de todo asidero legal y resultan alarmantes en personas con esa función”.
“La prostitución es una forma de violencia contra las mujeres, de violación de los derechos de las humanas, de explotación sexual, institución fundamental para la construcción de una sexualidad basada en el dominio masculino, en la sumisión femenina y en la cosificación de nuestros cuerpos. Considerar que un grupo de mujeres deben ser destinadas al goce masculino, sin importar sus deseos ni su placer, es una violación de sus derechos, no un trabajo ni una expresión de la libertad de decidir”, concluyó Sierra.
100
Los fines de semana se publican entre 100 y 120 avisos clasificados con ofrecimientos de servicios sexuales para hombres y mujeres.
Staff
En la mayoría de los casos se destacan los nombres de las personas que ofrecen servicios sexuales, los que aparecen de forma individual, por parejas o en grupos que son presentados como staff.
15
Existen al menos 15 grupos o redes de contacto.
Data
Se publican teléfonos fijos, celulares, páginas web y direcciones de correo electrónico como opciones de contacto relacionados entre sí. Pero aparecen con nombres de fantasía los locales de encuentro con los clientes.
Bebotas
El movimiento feminista, especialistas en criminología y funcionarios políticos y judiciales trabajan sobre la problemática de la trata de personas con fines de explotación sexual. La proliferación de los anuncios en los medios que promocionan servicios sexuales a cargo de supuestas “bebotas”, “nenitas” o “colegialas” genera una creciente preocupación.
Santiago Mascheroni. Diputado provincial, coautor de un proyecto para
que el gobierno provincial no pueda pautar en medios que publiquen avisos de oferta sexual.
"Debe ser política del Estado provincial no invertir en los medios que faciliten la aparición de estos avisos, medios que por cuestiones comerciales incurren en figuras penales que tienen represión o punición según las leyes vigentes."
José Corral. Presidente del Concejo Municipal de Santa Fe.
"Hay una serie de economías delictivas vinculadas a la trata, principalmente la droga, y esto explica por qué Santa Fe tiene una tasa de homicidios cuatro veces mayor que la media nacional. Creo que la prostitución tiene mucho que ver y que muchas muertes tienen que ver con ajustes de cuentas o peleas por los territorios."
"Estos lugares ofrecen una actividad comercial que debería ser materia de control. Más allá de lo se trate, están referenciados con un número telefónico que no permite identificar el domicilio y todo eso exige una tarea de inteligencia, que muchas veces hicimos para ubicarlos, pero al llegar nos encontramos con dos chicas que nos dicen que son estudiantes de la facultad."José Traversa. Subsecretario de Control de la Municipalidad.
Publicado en Pausa #67, todavía disponible en los kioscos de SF.

Un solo comentario

  1. Muy buena nota. Me hubiera gustado la opinión al respecto de los dueños de los medios que publicitan estos avisos de prostitución. Me gustaría escuchar qué tienen que decir hacerca del ser empresas "socialmente responsables".

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