Dos proyectos ingresados el último mes en la Legislatura provincial buscan regular el uso de agroquímicos, modificando la ley vigente, con el objetivo de proteger la salud y el ambiente. El tema viene de larga data; hasta ahora las organizaciones ambientalistas que promueven las reformas no lograron reunir el suficiente consenso político para avanzar hacia una nueva ley de agroquímicos.
Uno de los proyectos, presentado por el diputado kirchnerista José María Tessa (bloque Nuevo Encuentro), prohíbe las fumigaciones aéreas en toda la provincia y restringe las terrestres a una distancia no menor a 800 metros de los centros urbanos y de 1.000 metros de las escuelas rurales.
Además, prohíbe la aplicación terrestre de fitosanitarios de clases toxicológica II (banda amarilla, Producto Moderadamente Peligroso o Nocivo) dentro de un área de 1.500 metros de las zonas urbanas y la utilización de productos de clases toxicológicas I a y I b (banda roja, los productos más peligrosos para la salud y el ambiente) dentro del área de 3.000 metros de los lugares poblados.
La diputada socialista Inés Bertero ingresó otro proyecto de ley que prohíbe la aspersión aérea de glifosato a 1.000 metros de los centros poblados y de los cursos de agua y a 500 metros cuando la actividad se realice de manera terrestre. Es una reforma similar a la que había discutido la anterior composición de la Legislatura.
La ley de agroquímicos quedó desfasada en cuanto a la realidad productiva de la provincia. El proyecto de Bertero se apoya en “el principio precautorio” y propone que los agroquímicos de banda roja –las clases toxicológicas I a (producto sumamente peligroso o muy tóxico), I b (producto muy peligroso o tóxico) y II (banda amarilla, producto moderadamente peligroso o nocivo)– tengan mayores restricciones. Para esos casos, impone la prohibición de la fumigación aérea dentro de una zona de 3.000 metros del límite de las plantas urbanas, de 1.000 metros de los límites de escuelas rurales, parques industriales, complejos deportivos y recreativos, barrios privados y caseríos, de zonas de interés turístico y áreas naturales protegidas y de 1.000 metros de las costas de los ríos, lagunas y humedales.
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