La
Campaña Abolicionista objeta los puntos de la reforma penal
referidos a la prostitución.
Campaña Abolicionista objeta los puntos de la reforma penal
referidos a la prostitución.
Las integrantes de la Campaña Abolicionista
que tiene como lema “Ni una mujer más víctima de las redes de prostitución”
sostienen que la prostitución no es un trabajo ni algo que se elige como modo
de subsistencia, mucho menos un servicio prestado. Por ello, junto a otras
entidades y una gran cantidad de firmas de apoyo, presentaron un documento con
reflexiones, disidencias y propuestas ante el ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, y la
comisión redactora del anteproyecto de reforma del Código Penal, entregado a la
presidenta Cristina Fernández a comienzos de este año.
que tiene como lema “Ni una mujer más víctima de las redes de prostitución”
sostienen que la prostitución no es un trabajo ni algo que se elige como modo
de subsistencia, mucho menos un servicio prestado. Por ello, junto a otras
entidades y una gran cantidad de firmas de apoyo, presentaron un documento con
reflexiones, disidencias y propuestas ante el ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, y la
comisión redactora del anteproyecto de reforma del Código Penal, entregado a la
presidenta Cristina Fernández a comienzos de este año.
Silvina Sierra y Nidia Kreig, de la campaña abolicionista en Santa Fe. Proponen que se penalice a los clientes y no a las prostitutas. Foto: Pablo Bertoldi.
Desde la delegación local de la Campaña Abolicionista
–que en Santa Fe cuenta con la adhesión de Amadh (Asociación de Mujeres Argentinas por los Derechos Humanos) y Asociación Generar, entre
otras instituciones–, Silvina Sierra, Analía Sterli y Nidia Kreig siguen
esperando una respuesta del Ministerio de Justicia de la Nación. “Hace dos semanas
se comunicaron con nuestras compañeras de Buenos Aires y planificaron una
reunión para los próximos días. Empezamos con esta propuesta en marzo, cuando
se conmemoró el Día de la mujer, con el objetivo de visibilizar este tema
porque no queremos que haya más retrocesos. También nos preocupa que no esté
reglamentada la Ley
de Trata en cuanto a la asistencia a las víctimas. En Santa Fe se habla de
trata pero no de prostitución y para nosotras es lo mismo. No atacamos a las
mujeres ni nos afecta por una cuestión moral, hablamos desde una visión
feminista porque creemos que nadie puede consentir su propia explotación”, dijo
Sierra.
–que en Santa Fe cuenta con la adhesión de Amadh (Asociación de Mujeres Argentinas por los Derechos Humanos) y Asociación Generar, entre
otras instituciones–, Silvina Sierra, Analía Sterli y Nidia Kreig siguen
esperando una respuesta del Ministerio de Justicia de la Nación. “Hace dos semanas
se comunicaron con nuestras compañeras de Buenos Aires y planificaron una
reunión para los próximos días. Empezamos con esta propuesta en marzo, cuando
se conmemoró el Día de la mujer, con el objetivo de visibilizar este tema
porque no queremos que haya más retrocesos. También nos preocupa que no esté
reglamentada la Ley
de Trata en cuanto a la asistencia a las víctimas. En Santa Fe se habla de
trata pero no de prostitución y para nosotras es lo mismo. No atacamos a las
mujeres ni nos afecta por una cuestión moral, hablamos desde una visión
feminista porque creemos que nadie puede consentir su propia explotación”, dijo
Sierra.
Objetivo: no retroceder
La
Campaña Abolicionista apunta que “las personas prostituidas
no deben ser criminalizadas en ningún caso y sí deben serlo quienes promueven,
facilitan o lucran con la explotación de la prostitución ajena, como sostiene
el sistema abolicionista adoptado por nuestro país”, signatario del Convenio
para la represión de la trata de personas y de la explotación de la
prostitución ajena de 1949, que persigue el proxenetismo, prohíbe la
instalación de prostíbulos y considera a la prostitución como “el mal que acompaña
a la trata de persona”; también prevé la asistencia a las víctimas y la
cooperación entre los estados así como el control de las agencias de empleo.
Argentina también suscribe a la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer, a la Convención de los Derechos del Niño, al Pacto de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a la Convención Americana
de Derechos Humanos.
Campaña Abolicionista apunta que “las personas prostituidas
no deben ser criminalizadas en ningún caso y sí deben serlo quienes promueven,
facilitan o lucran con la explotación de la prostitución ajena, como sostiene
el sistema abolicionista adoptado por nuestro país”, signatario del Convenio
para la represión de la trata de personas y de la explotación de la
prostitución ajena de 1949, que persigue el proxenetismo, prohíbe la
instalación de prostíbulos y considera a la prostitución como “el mal que acompaña
a la trata de persona”; también prevé la asistencia a las víctimas y la
cooperación entre los estados así como el control de las agencias de empleo.
Argentina también suscribe a la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer, a la Convención de los Derechos del Niño, al Pacto de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a la Convención Americana
de Derechos Humanos.
En este sentido, Nidia Kreig insistió en que “no se puede
legislar por debajo de lo que el país ha firmado: hay una serie de convenciones
y tratados internacionales que establecen que nuestro país es abolicionista y
hay una condena hacia la explotación sexual, por eso tiene asidero lo que
planteamos. Una reforma del Código Penal no se discute todos los días. Fue
María Elena Barbagelata –la única mujer dentro de la comisión que durante dos
años discutió el anteproyecto de reforma del Código Penal– quien alertó sobre
esta cuestión y por eso se abrieron muchos debates, sobre todo en Buenos Aires.
En Santa Fe somos el único grupo que está planteando este tema. Algunas
provincias como Tucumán también empezaron la discusión”.
legislar por debajo de lo que el país ha firmado: hay una serie de convenciones
y tratados internacionales que establecen que nuestro país es abolicionista y
hay una condena hacia la explotación sexual, por eso tiene asidero lo que
planteamos. Una reforma del Código Penal no se discute todos los días. Fue
María Elena Barbagelata –la única mujer dentro de la comisión que durante dos
años discutió el anteproyecto de reforma del Código Penal– quien alertó sobre
esta cuestión y por eso se abrieron muchos debates, sobre todo en Buenos Aires.
En Santa Fe somos el único grupo que está planteando este tema. Algunas
provincias como Tucumán también empezaron la discusión”.
No obstante, las integrantes de la Campaña analizaron que
existe una cuestión anterior a las tipificaciones penales: la falta de un
acuerdo sobre el concepto de prostitución y el consentimiento para que una
persona sea prostituida o explotada. Las definiciones tradicionales sostienen
que la prostitución es “un estado que se logra mediante un trato sexual venal,
múltiple e indeterminado, una actividad habitual que consiste en prestar
servicios de naturaleza sexual a personas indeterminadas, indiferenciadas y por
un precio”.
existe una cuestión anterior a las tipificaciones penales: la falta de un
acuerdo sobre el concepto de prostitución y el consentimiento para que una
persona sea prostituida o explotada. Las definiciones tradicionales sostienen
que la prostitución es “un estado que se logra mediante un trato sexual venal,
múltiple e indeterminado, una actividad habitual que consiste en prestar
servicios de naturaleza sexual a personas indeterminadas, indiferenciadas y por
un precio”.
Las abolicionistas consideran que la nueva Ley de trata de
personas 26.842 ha supuesto un avance ya que tipifica el delito mediante
acciones y fines perseguidos. Las acciones son ofrecer, captar, recibir o
acoger, trasladar o transportar a una persona con fines de explotación, y uno
de los fines de la explotación es “promover, facilitar o comercializar la
prostitución ajena o cualquier forma de servicios sexuales ajenos”. El
consentimiento no será causal de eximición de responsabilidad de autores,
participes, cooperadores o instigadores.
personas 26.842 ha supuesto un avance ya que tipifica el delito mediante
acciones y fines perseguidos. Las acciones son ofrecer, captar, recibir o
acoger, trasladar o transportar a una persona con fines de explotación, y uno
de los fines de la explotación es “promover, facilitar o comercializar la
prostitución ajena o cualquier forma de servicios sexuales ajenos”. El
consentimiento no será causal de eximición de responsabilidad de autores,
participes, cooperadores o instigadores.
En cambio, el anteproyecto de reforma del Código Penal lo
define manteniendo las acciones de captar, transportar y recibir, y agrega:
“para someter a una persona a extracción forzada de órganos o tejidos o a
cualquier forma de explotación sexual o laboral o el que con el mismo fin
promoviere o facilitare su entrada o salida del país, aunque medie el
consentimiento de la víctima”. Es decir que omite las acciones de “ofrecer” y
“acoger”, con lo que quedan fuera de la tipificación, por un lado, los casos de
ofrecimiento que suelen realizar los proxenetas; por otro, limita
arbitrariamente la persecución penal del delito por la Justicia Federal,
ya que precisamente la interpretación de este término “acoger” ha permitido
considerarla una acción permanente y abarcar los casos, que constituyen
mayoría, en que el delito se descubre cuando se ha consumado la explotación.
“Se corre el riesgo de vaciar este delito en las condiciones concretas de la
investigación y persecución penal del mismo”, dijeron desde la Campaña.
define manteniendo las acciones de captar, transportar y recibir, y agrega:
“para someter a una persona a extracción forzada de órganos o tejidos o a
cualquier forma de explotación sexual o laboral o el que con el mismo fin
promoviere o facilitare su entrada o salida del país, aunque medie el
consentimiento de la víctima”. Es decir que omite las acciones de “ofrecer” y
“acoger”, con lo que quedan fuera de la tipificación, por un lado, los casos de
ofrecimiento que suelen realizar los proxenetas; por otro, limita
arbitrariamente la persecución penal del delito por la Justicia Federal,
ya que precisamente la interpretación de este término “acoger” ha permitido
considerarla una acción permanente y abarcar los casos, que constituyen
mayoría, en que el delito se descubre cuando se ha consumado la explotación.
“Se corre el riesgo de vaciar este delito en las condiciones concretas de la
investigación y persecución penal del mismo”, dijeron desde la Campaña.
En tanto, quedarían sin efecto los artículos 15 y 17 de la Ley de Profilaxis 12.331 –de
1936 y aún vigente– que prohíbe la instalación de prostíbulos en el país y
sanciona a quien los regentee. Otro punto cuestionado es que bajaría la pena en
proxenetas que exploten a víctimas mayores de edad, quienes deben demostrar su
consentimiento, volviendo a la ley de trata aprobada en 2008 y reformada en
2012. El anteproyecto designa a estos delitos como promoción de la prostitución
y proxenetismo y establece una pena de 4 a 10 años para el que “promoviere o
facilitare la prostitución de menores, aunque medie el consentimiento de la
víctima”. En caso de mayores, la pena sería de 3 a 8 años y multa al “que con
ánimo de lucro o para satisfacer deseos ajenos promoviere o facilitare la
prostitución de mayores de edad”. “Se desplaza así la acción de perseguir a
quienes delinquen explotando a otras personas para averiguar si la víctima está
de acuerdo en ser explotada, violando un principio básico de los Derechos
Humanos que señala que nadie puede consentir su propia explotación. Tampoco
incluye una figura relacionada con el prostituyente, mal considerado cliente.
Sometemos a debate estas cuestiones ya que el derecho siempre ha tenido una
mirada androcéntrica y patriarcal”, puntualizaron las abolicionistas.
1936 y aún vigente– que prohíbe la instalación de prostíbulos en el país y
sanciona a quien los regentee. Otro punto cuestionado es que bajaría la pena en
proxenetas que exploten a víctimas mayores de edad, quienes deben demostrar su
consentimiento, volviendo a la ley de trata aprobada en 2008 y reformada en
2012. El anteproyecto designa a estos delitos como promoción de la prostitución
y proxenetismo y establece una pena de 4 a 10 años para el que “promoviere o
facilitare la prostitución de menores, aunque medie el consentimiento de la
víctima”. En caso de mayores, la pena sería de 3 a 8 años y multa al “que con
ánimo de lucro o para satisfacer deseos ajenos promoviere o facilitare la
prostitución de mayores de edad”. “Se desplaza así la acción de perseguir a
quienes delinquen explotando a otras personas para averiguar si la víctima está
de acuerdo en ser explotada, violando un principio básico de los Derechos
Humanos que señala que nadie puede consentir su propia explotación. Tampoco
incluye una figura relacionada con el prostituyente, mal considerado cliente.
Sometemos a debate estas cuestiones ya que el derecho siempre ha tenido una
mirada androcéntrica y patriarcal”, puntualizaron las abolicionistas.
“Nuestra campaña propone que no se penalice a quienes están
en situación de prostitución y que se pene al cliente, tal como ocurre en
Suecia. Reconocemos que se hicieron muchísimos allanamientos en nuestra
provincia y se ha trabajado muy bien en los últimos tiempos, aunque se puede
mejorar. Si se reforma el Código Penal según el anteproyecto, todo ese trabajo
se perdería. Volvemos a antigua y absurda discusión que está a favor de
reglamentar la prostitución. Para que la prostitución funcione, hay una red de
instituciones que participan activamente de este negocio que es comprar cuerpos
ajenos. Todos se horrorizan con la esclavitud pero no con la prostitución, que
es lo mismo. La prostitución no es un servicio, es comprar el cuerpo y te dicen
qué hacer con tu sexualidad. La mirada de la sociedad, además, estigmatiza”,
añadió Nidia Kreig.
en situación de prostitución y que se pene al cliente, tal como ocurre en
Suecia. Reconocemos que se hicieron muchísimos allanamientos en nuestra
provincia y se ha trabajado muy bien en los últimos tiempos, aunque se puede
mejorar. Si se reforma el Código Penal según el anteproyecto, todo ese trabajo
se perdería. Volvemos a antigua y absurda discusión que está a favor de
reglamentar la prostitución. Para que la prostitución funcione, hay una red de
instituciones que participan activamente de este negocio que es comprar cuerpos
ajenos. Todos se horrorizan con la esclavitud pero no con la prostitución, que
es lo mismo. La prostitución no es un servicio, es comprar el cuerpo y te dicen
qué hacer con tu sexualidad. La mirada de la sociedad, además, estigmatiza”,
añadió Nidia Kreig.
Finalmente, Silvina Sierra propuso que el Estado realice
campañas tendientes a que “el hombre aprenda a relacionarse sexualmente de otra
manera con las mujeres. En general, la sexualidad ronda en torno al placer del
varón. Cuando un hombre paga por prostitución, él decide y está todo a su
disposición”.
campañas tendientes a que “el hombre aprenda a relacionarse sexualmente de otra
manera con las mujeres. En general, la sexualidad ronda en torno al placer del
varón. Cuando un hombre paga por prostitución, él decide y está todo a su
disposición”.
Terminar con la oferta
A fines de agosto, se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto que
busca jerarquizar y darle fuerza de ley al Decreto 936 por el que se
prohibieron, en 2011, los anuncios que promuevan la oferta sexual y la trata.
La norma busca prohibir “los avisos, publicaciones, publicidades o cualquier
otro tipo de mensajes que promuevan la oferta sexual”. De aprobarse la ley, las
sanciones contemplan multas de 300 mil a 3 millones de pesos, que podrían
agravarse si hay reiteración.
busca jerarquizar y darle fuerza de ley al Decreto 936 por el que se
prohibieron, en 2011, los anuncios que promuevan la oferta sexual y la trata.
La norma busca prohibir “los avisos, publicaciones, publicidades o cualquier
otro tipo de mensajes que promuevan la oferta sexual”. De aprobarse la ley, las
sanciones contemplan multas de 300 mil a 3 millones de pesos, que podrían
agravarse si hay reiteración.