El proceso deberá avanzar hacia la sentencia, según determinó la Cámara de Apelaciones de
Santa Fe al rechazar un planteo de Marcelo Álvarez.
Santa Fe al rechazar un planteo de Marcelo Álvarez.
La
Justicia determinó que la causa penal por la inundación de
2003 deberá seguir hasta llegar a sentencia. Así lo establece un fallo de la Cámara de Apelaciones de
Santa Fe, fechado el 26 de marzo, que rechazó un recurso de queja planteado el
año pasado por el ex intendente Marcelo Álvarez, uno de los tres imputados. Los
querellantes no pierden la esperanza de que se abra un segundo proceso:
insisten en que hay pruebas suficientes para pedir el desafuero y la
indagatoria del senador Carlos Reutemann.
Justicia determinó que la causa penal por la inundación de
2003 deberá seguir hasta llegar a sentencia. Así lo establece un fallo de la Cámara de Apelaciones de
Santa Fe, fechado el 26 de marzo, que rechazó un recurso de queja planteado el
año pasado por el ex intendente Marcelo Álvarez, uno de los tres imputados. Los
querellantes no pierden la esperanza de que se abra un segundo proceso:
insisten en que hay pruebas suficientes para pedir el desafuero y la
indagatoria del senador Carlos Reutemann.
El ex gobernador no está imputado en la causa, en la que
declaró como testigo, por escrito, en dos ocasiones. Además del ex intendente
Álvarez, están imputados por estrago culposo agravado por la muerte de 18
personas el ex ministro de Obras Públicas de la provincia, Edgardo Berli, y el
ex director de Hidráulica Ricardo Fratti.
declaró como testigo, por escrito, en dos ocasiones. Además del ex intendente
Álvarez, están imputados por estrago culposo agravado por la muerte de 18
personas el ex ministro de Obras Públicas de la provincia, Edgardo Berli, y el
ex director de Hidráulica Ricardo Fratti.
La causa penal comenzó en 2003. En 2006 se dictó el
procesamiento de Álvarez, Fratti y Berli. Reutemann fue sobreseído. En 2008 la
causa fue elevada a juicio y allí comenzaron las sucesivas presentaciones de
los acusados, que dilataron el proceso. En 2013, cuando se cumplía una década
de la inundación y cinco años desde la elevación a juicio, el ex intendente
pidió la prescripción. La
Justicia rechazó el planteo y la posterior apelación. Ahora,
con un fallo firmado por los integrantes de la Cámara de Apelaciones
Roberto Prieu Mántaras, Roberto Reyes y Jaquelina Balangione, se rechazó el
último planteo de Álvarez y se devolvió la causa al Juzgado de Sentencia Nº 3,
a cargo de Cristian Fiz.
procesamiento de Álvarez, Fratti y Berli. Reutemann fue sobreseído. En 2008 la
causa fue elevada a juicio y allí comenzaron las sucesivas presentaciones de
los acusados, que dilataron el proceso. En 2013, cuando se cumplía una década
de la inundación y cinco años desde la elevación a juicio, el ex intendente
pidió la prescripción. La
Justicia rechazó el planteo y la posterior apelación. Ahora,
con un fallo firmado por los integrantes de la Cámara de Apelaciones
Roberto Prieu Mántaras, Roberto Reyes y Jaquelina Balangione, se rechazó el
último planteo de Álvarez y se devolvió la causa al Juzgado de Sentencia Nº 3,
a cargo de Cristian Fiz.
El recurso de inconstitucionalidad que había pedido el ex
intendente en 2014 sostiene que “la prescripción debió ser declarada de oficio
toda vez que se produce de pleno derecho y debe ser resuelta en forma previa,
pudiendo declararse en cualquier instancia del juicio”. Es decir, Álvarez
invoca la prescripción de la acción penal por el paso del tiempo, al haberse
cumplido el plazo de cinco años desde la elevación a juicio.
intendente en 2014 sostiene que “la prescripción debió ser declarada de oficio
toda vez que se produce de pleno derecho y debe ser resuelta en forma previa,
pudiendo declararse en cualquier instancia del juicio”. Es decir, Álvarez
invoca la prescripción de la acción penal por el paso del tiempo, al haberse
cumplido el plazo de cinco años desde la elevación a juicio.
La Cámara
de Apelaciones determinó que el recurso de inconstitucionalidad no corresponde,
que la causa no está prescripta y que están todas las pruebas producidas
–pericias técnicas oficiales, documentos y testimonios–, por lo tanto es
“necesario” que la causa avance y llegue a juicio.
de Apelaciones determinó que el recurso de inconstitucionalidad no corresponde,
que la causa no está prescripta y que están todas las pruebas producidas
–pericias técnicas oficiales, documentos y testimonios–, por lo tanto es
“necesario” que la causa avance y llegue a juicio.
La fiscal Mariela Jiménez explicó que “ahora vendría la
etapa en que la Fiscalía
debería pedir una condena, la defensa plantear sus argumentos y luego el
expediente pasaría a resolución”.
etapa en que la Fiscalía
debería pedir una condena, la defensa plantear sus argumentos y luego el
expediente pasaría a resolución”.
Reutemann impune
El principal argumento de Jorge Castro y Milagros Demiryi,
actores civiles del proceso, es que las aguas del río Salado ingresaron a la
ciudad por un tramo inconcluso de la defensa oeste y señalan que esa obra era
responsabilidad de la provincia. Por eso, entienden que Reutemann debería
declarar ante la Justicia
y someterse a las repreguntas de los fiscales (hasta ahora sólo declaró por
escrito amparado en sus fueros de senador).
actores civiles del proceso, es que las aguas del río Salado ingresaron a la
ciudad por un tramo inconcluso de la defensa oeste y señalan que esa obra era
responsabilidad de la provincia. Por eso, entienden que Reutemann debería
declarar ante la Justicia
y someterse a las repreguntas de los fiscales (hasta ahora sólo declaró por
escrito amparado en sus fueros de senador).
“Hay pruebas más que suficientes para demostrar que la
ciudad se inundó porque las obras no estaban hechas y de que había tiempo para
evacuar a la gente”, señaló Demiryi, “No se puede dilatar más la cuestión. La Justicia tiene que
definir de una vez si estas tres personas imputadas son culpables o no. Pero
esta Justicia santafesina evidentemente tiene plazos que están fuera de toda
medida lógica de justicia. A nivel internacional existe lo que se denomina
plazo razonable. Y 12 años no es un plazo razonable”.
ciudad se inundó porque las obras no estaban hechas y de que había tiempo para
evacuar a la gente”, señaló Demiryi, “No se puede dilatar más la cuestión. La Justicia tiene que
definir de una vez si estas tres personas imputadas son culpables o no. Pero
esta Justicia santafesina evidentemente tiene plazos que están fuera de toda
medida lógica de justicia. A nivel internacional existe lo que se denomina
plazo razonable. Y 12 años no es un plazo razonable”.
La inundación de 2003 afectó a 130 mil santafesinos y dejó
23 muertos reconocidos por el Estado; el movimiento de inundados contabilizó
alrededor de 160 víctimas fatales. De los 23 casos fatales que admitió el
Estado, 18 están incorporados en la causa penal.
23 muertos reconocidos por el Estado; el movimiento de inundados contabilizó
alrededor de 160 víctimas fatales. De los 23 casos fatales que admitió el
Estado, 18 están incorporados en la causa penal.
Jorge Castro recordó que durante la última etapa de la
investigación judicial “hubo 35 testimonios que incluyen los de los peritos que
coinciden en que el agua entró a la ciudad porque la defensa estaba inconclusa
y que la orden de evacuación debería haber sido dada como mínimo 24 horas
antes”.
investigación judicial “hubo 35 testimonios que incluyen los de los peritos que
coinciden en que el agua entró a la ciudad porque la defensa estaba inconclusa
y que la orden de evacuación debería haber sido dada como mínimo 24 horas
antes”.
Con ese argumento, plantearon que la Justicia debería ampliar
la investigación y citar a indagatoria al ex gobernador. “Hay tanto material
probatorio”, indicó Castro, “que hoy sería más que suficiente para iniciar una
causa paralela, pedir el desafuero y llamar a indagatoria a Reutemann”.
la investigación y citar a indagatoria al ex gobernador. “Hay tanto material
probatorio”, indicó Castro, “que hoy sería más que suficiente para iniciar una
causa paralela, pedir el desafuero y llamar a indagatoria a Reutemann”.
Publicada en Pausa #152, miércoles 22 de abril de 2015.
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