La
Legislatura provincial discute un proyecto para que las
listas colegiadas estén integradas por mitades iguales.
Legislatura provincial discute un proyecto para que las
listas colegiadas estén integradas por mitades iguales.
Con el objetivo de igualar la representación de varones y
mujeres, la diputada provincial Verónica Benas (del partido Pares, que forma
parte del Frente Progresista) presentó un proyecto de ley que establece el
principio de paridad de género para la confección de listas de candidatos a
cargos electivos en órganos colegiados de la provincia (diputados y
concejales). La iniciativa apunta a reemplazar el actual cupo femenino (una
mujer cada tres candidatos) por una proporción 50-50 entre varones y mujeres.
mujeres, la diputada provincial Verónica Benas (del partido Pares, que forma
parte del Frente Progresista) presentó un proyecto de ley que establece el
principio de paridad de género para la confección de listas de candidatos a
cargos electivos en órganos colegiados de la provincia (diputados y
concejales). La iniciativa apunta a reemplazar el actual cupo femenino (una
mujer cada tres candidatos) por una proporción 50-50 entre varones y mujeres.
El proyecto “tiene como objetivo garantizar la igualdad real
de oportunidades entre varones y mujeres, estableciéndose como regla general el
principio de paridad de género para a la confección de listas de candidatos
orientadas a disputar cargos electivos en órganos colegiados de nuestra
provincia”, señaló la diputada oficialista.
de oportunidades entre varones y mujeres, estableciéndose como regla general el
principio de paridad de género para a la confección de listas de candidatos
orientadas a disputar cargos electivos en órganos colegiados de nuestra
provincia”, señaló la diputada oficialista.
Benas: “La idea de porcentaje mínimo fue sustituida por la necesidad de impulsar la paridad de género”.
La iniciativa propone que en todas las listas de candidatos
que presenten los partidos, alianzas o confederaciones para elecciones
provinciales o municipales el 50% como mínimo esté integrada por mujeres, tanto
para las candidaturas titulares como suplentes, sea cual sea el sistema
electoral que se aplique. Para ello, se establece el cupo 50-50 como requisito
obligatorio para el Tribunal Electoral de la provincia al momento de la
oficialización de las listas.
que presenten los partidos, alianzas o confederaciones para elecciones
provinciales o municipales el 50% como mínimo esté integrada por mujeres, tanto
para las candidaturas titulares como suplentes, sea cual sea el sistema
electoral que se aplique. Para ello, se establece el cupo 50-50 como requisito
obligatorio para el Tribunal Electoral de la provincia al momento de la
oficialización de las listas.
En Santa Fe, la ley nacional de cupo femenino sancionada en
1991 tuvo su correlato en la ley provincial 10.802 sancionada en mayo de 1992.
La ley nacional establece el cupo femenino y determina un mínimo del 30% de
participación de candidatas mujeres en la integración de listas para disputar
cargos electivos, en posiciones que les ofrecieran la chance de resultar
electas. Ahora, la diputada Benas propone que en la provincia la distribución
por mitades.
1991 tuvo su correlato en la ley provincial 10.802 sancionada en mayo de 1992.
La ley nacional establece el cupo femenino y determina un mínimo del 30% de
participación de candidatas mujeres en la integración de listas para disputar
cargos electivos, en posiciones que les ofrecieran la chance de resultar
electas. Ahora, la diputada Benas propone que en la provincia la distribución
por mitades.
La ley de cupo posibilitó el aumento de la participación de
la mujer. “Sin ánimos de soslayar los avances propuestos por estas
legislaciones –explicó la legisladora provincial– resulta claro que la idea de
porcentaje mínimo fue progresivamente sustituida por la necesidad de impulsar
la paridad de género en el acceso a los cargos electivos. Existe un creciente
consenso de que dicha paridad se traduciría en una mejora sustancial en la
calidad democrática, así como en un ejercicio más pleno de los derechos ciudadanos”.
la mujer. “Sin ánimos de soslayar los avances propuestos por estas
legislaciones –explicó la legisladora provincial– resulta claro que la idea de
porcentaje mínimo fue progresivamente sustituida por la necesidad de impulsar
la paridad de género en el acceso a los cargos electivos. Existe un creciente
consenso de que dicha paridad se traduciría en una mejora sustancial en la
calidad democrática, así como en un ejercicio más pleno de los derechos ciudadanos”.
Benas opinó además que “la ampliación del cupo femenino
orientada al logro de la paridad de género será un salto cualitativo en
términos de participación democrática, ya que incentiva la incorporación de
nuevos y valiosos referentes femeninos en la política santafesina”.
orientada al logro de la paridad de género será un salto cualitativo en
términos de participación democrática, ya que incentiva la incorporación de
nuevos y valiosos referentes femeninos en la política santafesina”.
Publicada en Pausa #154, miércoles 20 de mayo de 2015
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