ANUARIO 2015 | La normativa ordena nuestras vidas cotidianas y plantea cambios trascendentales vinculados al matrimonio, el divorcio y la adopción.
Tras 144 años, los argentinos tenemos nuevas regulaciones para nuestra vida cotidiana. En 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial. La nueva normativa plantea cambios trascendentales:
• Facilita el trámite para divorciarse: desaparecen los plazos y las causas. Alcanzará con que uno de los dos decida romper la pareja.
• Desaparece el deber conyugal de fidelidad: el adulterio ya no existe como causa de divorcio.
• Cambia la modalidad de separación de bienes: se habilita el acuerdo pre y posnupcial. Se puede optar por compartir o no los bienes.
• Los miembros de una pareja no están obligados a convivir. Deben cumplir con la asistencia, el alimento y la protección a su vivienda.
• Incluye la Ley de Matrimonio Igualitario: en el texto se habla de “vínculos filiales”. Los conceptos de hombre o mujer se reemplazan por “contrayentes”. No aparecen las palabras “papá” o “mamá”.
• Agiliza los procesos de adopción de niños. Los jueces deben resolver en un plazo máximo de nueve meses sobre la situación de los chicos que crecen sin cuidados parentales. En este tiempo deberán decidir si lo declara o no en estado de adoptabilidad.
• A contramano de la corriente jurídica y ambiental latinoamericana, no se refiere al agua como derecho humano fundamental. Al no establecerlo deja la puerta abierta a las privatizaciones.
El nuevo Código fue impulsado por el presidente de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti y avalado por la ex presidenta Cristina Fernández. Además fue discutido y aprobado por los diputados y senadores nacionales.
Publicada en Pausa #167, miércoles 16 de diciembre de 2015