Cuatro listas quedaron en carrera para la elección de concejales: el PJ, el Frente Progresista, Cambiemos y Espacio Grande. Barrio 88 impugnó el “umbral” aplicado por el Tribunal Electoral.
Los resultados definitivos de las primarias de concejales del 13 de agosto fueron notificados este martes a los partidos políticos por parte de la Secretaría Electoral provincial. No se alteró el orden respecto del escrutinio provisorio que había cerrado con el 92% de las mesas escrutadas. En octubre se achicará mucho la boleta: habrá solo cuatro listas (en las Paso fueron 36 por 16 frentes distintos).
De los 16 frentes políticos, los cuatro que quedaron en carrera para las generales del 22 de octubre son Cambiemos (Carlos Pereira), el Frente Justicialista (Marcos Castelló), el Frente Progresista (Emilio Jatón) y Espacio Grande (Luz Balbastro). La quinta fuerza más votada, Barrio 88, no alcanzó el “umbral” del 1,5% del padrón (logró el 1,38%) y así la lista de Guillermo Jerez, que obtuvo 4244 votos, quedó afuera de las generales por apenas 300 votos.
Espacio Grande superó el “umbral” sumadas las seis listas que presentó en las primarias. La ganadora de esa interna fue Luz Balbastro con 1932 votos. Balbastro, la referente de Sergio Massa en Santa Fe, competirá en las generales a partir del aporte de sus listas colectoras. “Estaros ante una virtual ley de lemas judicial”, consideró el abogado constitucionalista Domingo Rondina.
El Tribunal Electoral cambiaría su criterio y Barrio 88 quedaría afuera
Por las discrepancias generadas en torno al criterio que se debía aplicar para el piso electoral (lo que debe obtener como mínimo cada partido o frente para pasar a las generales), dos agrupaciones impugnaron el criterio utilizado por el Tribunal Electoral: el Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT) en Rosario y Barrio 88 en Santa Fe.
La impugnación es ante la Secretaría Electoral por el criterio elegido en relación a los pisos o umbrales. El procurador de la Corte Suprema, Jorge Barraguirre, deberá dictaminar sobre la impugnación y ese dictamen pasa al Tribunal Electoral, órgano que tiene la competencia para proclamar cuáles son los partidos que pasan a las elecciones de octubre.
En la ley vigente hay dos pisos a superar: el primero para los partidos o frentes (1,5% del padrón), el segundo dentro de cada frente para determinar entre cuántas listas se confecciona la nómina definitiva (allí se tienen en cuenta a las listas que hayan superado el 1,5% del total de votos válidos emitidos).
Cómo los grandes partidos capitalizan la voluntad no expresada
“La ley menciona dos pisos electorales. No está claro si esos umbrales deben aplicarse de manera acumulativa, alternativa o secuencial, y en este último caso en qué orden de prioridad”, sostienen desde Barrio 88. “La oscuridad de la ley motivó una bochornosa seguidilla de rumores, trascendidos, marchas y contramarchas, que generaron incertidumbre y confusión. Esa incertidumbre empaña un proceso electoral que, por lo demás, se desarrolló sin irregularidades y con un alto grado de participación popular”.
En un documento leído el lunes a la noche durante la “vigilia” en la puerta de la Secretaría Electoral, los líderes de Barrio 88 opinaron que las controversias por los “umbrales” refleja las “insuficiencias y contradicciones” de la ley electoral provincial (Ley Paso, 2004, modificada por última vez en 2014) y que “los tribunales están obligados a examinar la coherencia de la ley con normas y principios de orden superior, para dar una solución justa, en sintonía con todo el ordenamiento jurídico. Lo que está en juego, en este caso, es nada menos que la defensa de la democracia representativa”.
“Si los umbrales se aplican de manera acumulativa (esto es: si se exige al mismo tiempo el cumplimiento de ambos pisos), ni Barrio 88 ni Espacio Grande podrían pasar a las elecciones generales. En cambio, si los umbrales se aplican de manera alternativa o secuencial, depende del orden de prioridad. Si se privilegia el umbral aplicado a las listas individuales (1,5% de los votos válidos emitidos), se habilitaría a Barrio 88 y se excluiría a Espacio Grande. Si se privilegia el umbral aplicado a los frentes (1,5% del padrón), se habilitaría a Espacio Grande y se excluiría a Barrio 88”. Lo que finalmente ocurrió.
Según Barrio 88, la "solución" elegida por el Tribunal es inadmisible" "En primer lugar, porque utiliza el padrón (y no los votos válidos emitidos) como base para el cómputo del umbral. Eso permite a los grandes aparatos capitalizar la voluntad no expresada de los ciudadanos que no fueron a votar, e imponerla para excluir la voluntad manifiesta de los ciudadanos que efectivamente votaron y que optaron por alguno de los partidos minoritarios. Por otra parte, se resucita el espíritu de la ley de lemas, incentivando la conformación de frentes electorales con múltiples colectoras de escasa o nula representatividad con el objetivo de alcanzar de manera espuria el 1,5%”.
“Una maniobra proscriptiva”
En Rosario, el FIT sumó casi 12 mil sufragios el 13 de agosto pero se quedó afuera de la compulsa de octubre por 300 votos. Por ello, denunciaron una “maniobra proscriptiva” por parte de la Justicia Electoral.
“Nosotros ya denunciamos el piso proscriptivo del 3% para acceder a la Legislatura (por ese piso, Carlos Del Frade se quedó afuera en la elección de 2011) y es la misma Justicia que no permitió la lista femenina de Ciudad Futura. Los que se benefician son los partidos tradicionales y siempre se perjudica a la izquierda”, evaluó Virginia Grisolía, precandidata a concejala del FIT en Rosario.
La denuncia del FIT se basa en declaraciones del prosecretario del Tribunal Electoral, Roberto Pascual, el 14 de agosto en una entrevista con Radio EME. En esa ocasión, el funcionario dijo que todas las listas que superaran el 1,5% de los votos emitidos pasarían a las elecciones generales. Pero el último fin de semana, el presidente de la Corte Suprema y del Tribunal Electoral, Daniel Erbetta, aclaró que el criterio que se aplicaría sería el del 1,5% del total del padrón.