Un año después de aprobada la ordenanza, se abren las inscripciones para el Registro Único de Postulantes (RUP) en la ciudad costera.
El 18 de abril de 2018, el Concejo Municipal de San José del Rincón aprobó una ordenanza de Cupo Laboral Trans, un reclamo histórico del colectivo LGBTIQ en todo el país. Casi un año tuvo que pasar para que finalmente el pasado 11 de abril la ordenanza fuera reglamentada. Ahora el municipio costero anunció la apertura de las inscripciones para el Registro Único de Postulantes (RUP).
Las personas travestis, transexuales y transgénero interesadas en inscribirse podrán hacerlo entre el 2 y el 31 de mayo en el área de Género y Diversidad Sexual de la Secretaría de Desarrollo Social y Productivo que funciona en El Solar (Juan de Garay 3180, San José del Rincón), los lunes, martes, miércoles y viernes de 8.30 a 13.30, y jueves de 12.30 a 17 horas.
Los requisitos para ser parte de este registro son: ser de nacionalidad argentina nativa o naturalizada; poseer domicilio real y contar mínimamente con cinco años de residencia en la ciudad de San José del Rincón y no encontrarse comprendida en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe -hecho que deberá acreditarse mediante un certificado-. Además, se deberá presentar copia certificada del Documento Nacional de Identidad, haya o no procedido a la rectificación registral de género; Currículum Vitae actualizado junto con la acreditación del nivel de estudios alcanzado y certificado de buena conducta.
Ante cualquier consulta, el Área de Género y Diversidad Sexual brindará asesoramiento para presentación de la documentación requerida.
El cupo
Según el texto de la ordenanza, el cupo laboral será cubierto ante la existencia de vacante, de acuerdo a las necesidades de la Municipalidad y su incorporación será mediante preselección y concurso reglamentado por una junta examinadora.
El cupo se considerará cumplido con el ingreso de personas dentro del programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral, personal transitorio o temporario, contratado o personal de planta permanente. En ese contexto, será el Área de Género y Diversidad Sexual la que comunicará a las personas debidamente inscriptas en el RUP respecto de la existencia de la vacante para que puedan presentarse en la convocatoria a concurso.
El RUP de personas travestis, transexuales y transgénero se renovará anualmente, garantizándose la privacidad y la observancia del secreto estadístico.
Consejo Asesor
La Ordenanza 125/18 establece la creación de un Consejo Asesor que velará por el cumplimiento de la normativa y que, como mínimo, se reunirá una vez al año. Será un organismo de carácter consultivo, presidido por un representante del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) e integrado por tres representantes del DEM, un representante por bloque del Honorable Concejo Municipal y un referente del colectivo trans, quien será avalado por los integrantes del RUP.
El Concejo Asesor estará autorizado a resolver cualquier cuestión que no estuviese expresamente prevista en la normativa vigente y será convocado cuando la mitad más uno de sus miembros lo consideren pertinente.