El Tribunal Electoral de la provincia determinó que las ordenanzas municipales de paridad de género no tienen valor legal y, por lo tanto, no se aplicará ese criterio para la integración de las listas de concejales en las ciudades que sancionaron ese tipo de normativa.
Desde el Inadi delegación Santa Fe habían planteado que se aplique el criterio de paridad de género en las localidades cuyos concejos hayan sancionado ordenanzas de paridad de género. Sin embargo, al no haber una ley provincial en vigencia, el Tribunal Electoral promulgó las listas de concejales tal como quedaron definidas en las elecciones primarias, aplicando el criterio de cupo femenino que establece como obligatorio que haya como mínimo una mujer cada tres candidatos.
Hasta ahora, 22 localidades de la provincia sancionaron ordenanzas de paridad: Arroyo Seco, Las Parejas, Coronda, Sastre, San Lorenzo, Granadero Baigorria, San Martín, Fray Luis Beltrán, Villa Cañás, Rafaela, Ceres, Roldán, Florencia, Malabrigo, Las Toscas, Rosario, Santa Fe, San Genaro, Santo Tomé, Villa Constitución, San José del Rincón y El Trébol.
El Inadi de Santa Fe había hecho una presentación para que el Tribunal Electoral “reordene” las listas de concejales en esas 22 ciudades. El procurador de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Jorge Barraguirre, se había pronunciado en el mismo sentido. Sin embargo, el Tribunal presidido por María Angélica Gastaldi determinó que no se puede aplicar el criterio de paridad porque no hay normativa provincial que lo sustente.
El proyecto de paridad de género quedó cajoneado por segunda vez en el Senado provincial, donde hay 18 representantes varones y una sola mujer. Tuvo media sanción en 2016 y en 2018 en la Cámara de Diputados, pero en las dos ocasiones la Cámara alta eligió no tratarlo.
La iniciativa establece la conformación igualitaria entre mujeres y varones de las listas de diputados y senadores provinciales, concejales, comisiones comunales, convencionales constituyentes y autoridades de los partidos políticos. También establece la paridad para los organismos descentralizados, las empresas y sociedades del Estado provincial, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y las sociedades de economía mixta.