La Cámara de Diputados de la provincia dio media sanción a un proyecto que establece mayores límites a las fumigaciones. Las organizaciones ambientalistas lo tomaron con cautela: “No es el proyecto que presentamos, pero sin dudas representa un avance significativo”.
Es un avance, pero no es la ley ideal. En esos términos resumieron los integrantes de la Multisectorial Paren de Fumigarnos el proyecto por el cual se reforma la actual normativa de fitosanitarios, vigente en la provincia de Santa Fe desde 1995. La iniciativa de los diputados Santiago Mascheroni (UCR) y Gabriel Real (PDP) tuvo media sanción de la Cámara baja el jueves 21 y fue girada al Senado, una cámara reacia a los cambios y a las demandas de las organizaciones ambientalistas.
El proyecto votado por los diputados establece nuevos límites a las fumigaciones terrestres y aéreas pero además divide el territorio provincial en tres zonas: Rural (afectada a la producción agropecuaria en cualquiera de sus formas), Suburbana (donde coexisten poblaciones en baja o regular densidad y actividades agropecuarias) y Urbana (definida catastralmente como tal y en las que la densidad poblacional es alta o se encuentra en expansión).
En el capítulo que determina las sanciones se señala que habrá un plazo máximo de tres años a partir de la sanción definitiva de la ley para establecer la zonificación de la provincia y la prohibición definitiva de la aeroaplicación de agroquímicos en distancias inferiores a los 3000 metros en las zonas suburbanas y de 5000 metros en las zonas urbanas.
“A los fines de la aplicación terrestre de los productos fitosanitarios se fija una Zona de Producción Especial de 1000 metros en torno a las plantas urbanas, establecimientos educativos rurales, parques industriales, complejos deportivos, recreativos y habitacionales, aguadas, cursos de agua o fuentes de captación de agua para consumo. Dicha zona deberá conformar un anillo compuesto por un borde vegetal de amortiguamiento y producción de especies, cultivos y prácticas agronómicas que supongan la exclusión de aplicación de productos fitosanitarios de síntesis química, permitiendo aquellos aprobados para la producción orgánica. Se podrá implementar gradualmente la zonificación, en el primer año será de 600 metros y en el segundo año se alcanzará los 1000 metros establecidos”, indica el artículo 34 del proyecto.
“Asimismo –continúa el texto– se conformará una Zona de Control Estricto, a partir del anillo de producción especial y hasta los 500 metros posteriores al mismo se podrá disponer la aplicación de productos clase IV (Banda Verde), y a partir de los 500 metros siguientes se podrán aplicar exclusivamente productos clase toxicológica III (Banda Azul) y clase toxicológica IV (Banda Verde), bajo la fiscalización y control del veedor”.
“Es un avance”
Tras la media sanción del proyecto, la Multisectorial Paren de Fumigarnos señaló que “es un avance en relación a la ley vigente en la provincia y, si bien no llena todas nuestras expectativas, estamos contentos con el avance logrado”. El tema ahora pasó al Senado, una cámara que sistemáticamente cajoneó todos los proyectos que apuntaban a reformar la normativa a partir de los principios precautorios. Por eso, las organizaciones que integran Paren de Fumigarnos ya avisaron que seguirán “al pie del cañón” el tratamiento de la ley “para que sea aprobada definitivamente”.
En un comunicado de prensa, la Multisectorial aclaró que “no es estrictamente el proyecto que presentamos, pero sin dudas representa un avance significativo y una gran conquista de años de luchas y denuncias. Consideramos que la discusión de fondo es la modificación integral de un modelo productivo basado en la agroecología y en la agricultura ancestral que garantice alimentos sanos, accesibles y sin venenos a nuestros pueblos, en definitiva modelos productivos sociales, populares, soberanos para nuestros pueblos”.
Los otros proyectos
En el último período legislativo, en la Cámara de Diputados, se analizaron tres iniciativas tendientes a reformar la llamada “ley de fitosanitarios”: uno de la socialista Inés Bertero, acordado con las cámaras de productores; otro de Carlos Del Frade (Frente Social y Popular), impulsado por la Multisectorial Paren de Fumigarnos; y el de Mascheroni y Real, que logró media sanción.
El proyecto de Bertero proponía la prohibición de las fumigaciones a solo 200 metros de las zonas pobladas y a 100 metros si se trataba de áreas dotadas de la llamada “cortina forestal”. En cambio, la iniciativa de Del Frade –que recogía antecedentes de otras similares impulsadas por José María Tessa y Antonio Riestra– directamente prohibía las fumigaciones aéreas en toda la provincia y fijaba un límite de 1500 metros para las fumigaciones terrestres respecto de las áreas urbanas y de 2000 metros respecto de las escuelas rurales.
Finalmente, la iniciativa que logró consenso fue la que elaboraron Mascheroni y Real: votaron a favor las bancadas del Frente Progresista, el PJ, Igualdad y el Frente Social y Popular (aunque sus diputados se abstuvieron de votar el capítulo que fija las distancias y el que determina que la autoridad de aplicación sea el Ministerio de la Producción, ya que consideran que debían ser los Ministerios de Medio Ambiente y de Salud). Solo se pronunciaron en contra de la reforma los legisladores de Cambiemos.