El ex ministro de Obras Públicas y el ex secretario de Hidráulica de Reutemann apelaron la sentencia de febrero de 2019 y perdieron. El tribunal ratificó el fallo del juez Octavio Silva pero, además, agregó el reconocimiento monetario a los demandantes por daños que no fueron contemplados debidamente.
El 1° de febrero de 2019 hubo sentencia para una de las causas más importantes de la historia de la ciudad. Sólo dos condenados por estrago culposo tiene la inundación de 2003, que arrasó con un tercio de la ciudad y con más de 150 vidas. La sentencia fue ratificada por la Cámara de Apelación, con la firma de los jueces Bruno Netri, Fernando Gentile Bersano y Alejandro Tizón. El ex ministro de Obras Públicas Edgardo Berli y el ex secretario de Hidráulica Ricardo Fratti tienen condena firme. El tercer acusado, el ex intendente Marcelo Álvarez, murió en 9 de abril de 2018, por lo que no se pudo hacer justicia con él. Carlos Reutemann, gobernador durante el desastre, ni siquiera llegó a ser imputado en la causa.
Causa inundación: condenan a Berli y Fratti por estrago culposo
El tribunal de Apelación firmó ayer 9 de marzo el rechazo de los recursos de las defensas, que en lo sustancial plantearon que la causa había prescripto, junto con toda una serie de nulidades que apuntaban a los testimonios, las pericias y el procedimiento judicial. También se ratificó la pena establecida en primera instancia: de tres años de prisión condicional, accesorias legales, costas y determinadas reglas de conducta. Pero, además, los tres jueces de Cámara dieron lugar a reclamos de los denunciantes –la familia Castro, con Jorge Castro y Milagros Demiryi como referentes de la causa y del movimiento de inundados– relativos a daños e indemnizaciones. Los pagos corren por cuenta de los demandados, lo que incluye a la provincia. Esta sentencia, en consecuencia, abre el camino para la apertura de nuevas demandas civiles contra la provincia.
En particular, el juez Gallo no había reconocido un reclamo de $307.780 por los daños del inmueble donde vivían los Castro, a causa del ingreso del agua. El nuevo fallo reconoce que los demandados deben hacerse cargo del 35% de ese monto (actualizado), después de hacer una particular aritmética que conjuga qué parte del desastre fue resultado del "estrago doloso" y en qué medida los culpables fueron responsables de todo el hecho. También la Cámara de Apelación obliga a Berli y Fratti a pagar todos los daños producidos en los bienes muebles de la familia.
"Consideramos que resulta indudable que los actores poseen derecho a ser indemnizados en concepto de daño moral", dice el nuevo fallo. La condena impone a los demandados civiles al pago de $160.000 para la familia Castro.
Finalmente, el fallo acuerda con la sentencia de primera instancia en lo que refiere a la actualización de los montos, sobre los que se aplicarán intereses desde la comisión de los hechos, el fatídico 29 de abril de 2003, hasta la fecha del pago.