Ante la Fiscalía Federal, organizaciones sociales y vecines de la costa, presentaron una denuncia contra Daniel Questa y la inmobiliaria Benuzzi por el movimiento ilegal de tierras en la ribera del riacho Santa Fe.
Daño ambiental y usurpación: así catalogaron jurídicamente las organizaciones de la costa a los daños que en febrero fueron ocasionados por Daniel Questa y la inmobiliaria Benuzzi cuando procedieron a destrozar un tramo de 400 metros de ribera del Riacho Santa Fe, con profusa vegetación nativa desarrollada, haciendo una cava de 33 metros de ancho y cuatro metros de profundidad. La denuncia, formalizada ayer, se suma a otra iniciada por el fiscal de delitos ambientales, Estanislao Giavedoni, del Ministerio Público de la Acusación, en la que la Municipalidad es querellante.
"Esta acción colectiva sienta un precedente para que en el futuro no se sigan haciendo construcciones privadas para beneficios de unos pocos, que perjudican la habitabilidad de los barrios y la convivencia con el río", dicen en un comunicado las organizaciones, que además señalan que "Este no es un hecho aislado, siendo que pasa también en La Vuelta del Paraguayo, Colastiné, Alto Verde, Rincón y Arroyo Leyes".
La acción colectiva fue llevada a cabo por la Asociación Civil Tramas, el Foro contra la impunidad y por la justicia Santa Fe, Asociación Cultural de la Costa, Grupo Defensa de la Costa, Manos Vivas, Vecinal pro mejoras Alto Verde, Vecinal La Boca, Martas Fútbol Feminista, Liga Argentina por los Derechos Humanos, Asociación Civil Centro Cultural y Recreativo Alto Verde, Arroyito Seco, Barrio 88, Asamblea Vecinxs Rincón, Biblioteca Popular Junglares sin Frontera, Red Ecosocialista - MST - FIT Unidad, Escuela Itinerante de Arres y Oficios, Asociación Civil Construir Futuro, Servicio de Educación Popular Santa Rosa de Lima y Proyecto Revuelta.
Según explica el periodista Pablo Bosch, "El emprendimiento inmobiliario clausurado en Demetrio Gómez y Alfredo Bravo (Ruta 168 y Riacho Santa Fe) se ubica en una zona definida como 'Espacio Verde Ribereño' según la nomenclatura del Reglamento de Ordenamiento Urbano de la ciudad de Santa Fe. Se trata de áreas de dominio estatal o privado de libre acceso, circulación, permanencia y disfrute público, destinadas a usos colectivos de tipo recreativo, deportivo o cultural (Articulo 61 de la Ordenanza 11.748).
En particular, el sector afectado por las topadoras del grupo Benuzzi se identifica como EV2 - Espacios verdes y/o libres ribereños, definido como: Zonas de parques y áreas ribereñas destinadas a espacios verdes de libre acceso, circulación, uso y disfrute público con acceso a la línea de ribera. Incluye espacios libres de dominio público o privado, con instalaciones para usos no residenciales complementarios de tipo deportivo, recreativo y cultural, de acceso público, con agregados edilicios subordinados a las condiciones hídricas del sector.
De acuerdo a las primeras actuaciones de la municipalidad, al momento de la clausura el propietario del lugar Daniel Questa y su apoderado legal Ignacio Benuzzi, no pudieron alegar ningún tipo de habilitación o permiso para las actividades que se estaban realizando en el lugar. En el sistema de expedientes de la Municipalidad no aparece registrada ninguna gestión iniciada por el propietario del lugar. En una primera instancia, además de la multa por destrucción de defensas, los audaces emprendedores deberán explicar los incumplimientos de las Ordenanzas N° 11.017, 12.261 y las Leyes Provinciales N° 11.717 de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, 13.740 Ley de Aguas y 11.730 Ley de Impacto Hídrico".