Ahora la Corte cree que sí hay una pandemia y reduce al mínimo la presencialidad en la Justicia

Pasaron 21 días desde que la Corte Suprema fallara en favor de Horacio Rodríguez Larreta y su obstinado experimento de mandar gente a contagiarse a las escuelas. Ahora, emitieron una orden interna para limitar al mínimo a la presencialidad en la Justicia.

Tuvo que explotar todo para que la Corte Suprema tomara recaudos respecto de la pandemia de coronavirus. Por supuesto, su primera preocupación es su propio poder, por lo que emitieron en pleno 25 de mayo una acordada (orden interna) en la que mandan a "restringir la asistencia tanto de personal como del público en general a los diferentes tribunales y oficinas. Por lo que corresponde limitar al mínimo posible la atención presencial al público –con excepción de aquellas actuaciones en la que resulte indispensable, lo que deberá ser organizado por cada autoridad que ejerza la superintendencia". El corolario es la suspensión de todo: plazos procesales y administrativos, de caducidad de instancia, en "todos los tribunales nacionales y federales de todas las instancias entre los días 26 a 28 del corriente mes –ambos incluidos". También ordenan que se dé "prioridad a la prestación de servicios por medios virtuales o remotos".

La acordada tuvo firma digital, como el tardío fallo del 4 de mayo pasado donde se le dio la mano a Horacio Rodríguez Larreta en su cruzada por la presencialidad escolar y los contagios de Covid 19. Como reza la epidemiología básica, un par de semanas después se ven los frutos en las terapias intensivas estalladas y los cientos de muertos diarios.

Para fortuna de los judiciales, los cortesanos parecen haber tomado conciencia del asunto, por lo que dejaron de andar con demasiadas vueltas y galimatías. En la acordada a la Corte le basta con decir que toma las medidas por "el actual contexto epidemiológico y sanitario y por razones de salud pública". En el fallo sobre la presencialidad, el abogado de Clarín, Farmacity y De Narváez en funciones, Carlos Rosenkrantz, expuso esta serie de inolvidables subterfugios para justificar un desatino carísimo en vidas:

"El Poder Judicial no puede evaluar si ese contagio se propaga dentro de un barrio, de la ciudad o al área del AMBA, o si, como ocurrió en el año 2020, lo que sucede en el AMBA luego termina trasladándose a todo el país.
Desde el surgimiento de la pandemia, hubo períodos de clausura y otros de presencialidad en las escuelas. Deberían existir mediciones científicamente inobjetables sobre el efecto que estas aperturas y cierres tienen sobre el nivel de contagio general.
También sería relevante la información específica que exponga de modo comparativo la influencia del contagio en las escuelas con otras actividades que se permiten.
En este aspecto queda claro que la magistratura no está en condiciones de juzgar la conveniencia de la medida".
Y tras cartón, junto al resto de los distinguidos varones del cuerpo, avaló que el virus siga su camino.

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