Ante el debate por la legalización del cannabis medicinal, el autor de esta nota sostiene que “un marco de producción legal” permitiría abastecer a pacientes y laboratorios “sin depender de importaciones o del circuito clandestino”, pero advierte sobre el riesgo de que todo quede en manos de un sistema industrial que excluya a la comunidad cannabicultora.
Por Fausto Botta (*)
A partir del discurso del presidente Alberto Fernández en la apertura de sesiones del Congreso, el pasado 1º de marzo, se volvió a instalar el tema del cannabis; hubo agitación en el activismo y muchos medios hicieron alguna referencia al tema.
El presidente dijo: “La industria mundial del cannabis medicinal triplicará su volumen de negocios en los próximos cinco años, el proyecto prevé la utilización del cultivo exclusivamente para uso medicinal e industrial”.
Según el propio texto del proyecto, aún provisorio, su objetivo es reglamentar la “cadena de producción y comercialización” del cannabis, tanto nacional como de exportación, siempre que sea para uso medicinal, de investigación o industrial.
La iniciativa, que proviene del Ministerio de Producción de la Nación, es acorde al contexto. Desde noviembre del 2020, los y las pacientes (sic) que tuvieren indicación médica para el uso de la planta de cannabis y sus derivados podrían adquirir especialidades medicinales y formulaciones magistrales elaboradas en el país o importadas; incluso con cobertura de obra social y del sistema de salud. Un marco de producción legal permitiría abastecer a estas personas y laboratorios sin depender de importaciones o del circuito clandestino.
Lo que se puede advertir en la redacción –si uno quiere– es una referencia consistente a “la actividad productiva de la industria del cannabis” y no se hace mención a formas específicas de producción como la asociativa, la cooperativa o la economía social. Tampoco se hacen distinciones cuando exige “las mejores prácticas en materia de plantación y cultivo”, ajustarse a “estándares y certificaciones de calidad” o “procurar la armonización con las regulaciones internacionales de la industria”.
A todo esto, el proyecto aclara que el cannabis sigue siendo un estupefaciente y, si no se cumple con estas condiciones y la autorización estatal previa, todas las actividades descritas en esta normativa serán penadas por la ley de drogas (23.737), en conformidad con la Convención sobre Estupefacientes de las Naciones Unidas de 1961.
Este es un fantasma histórico del activismo cannabicultor. Es que las poblaciones que durante años y décadas fueron especialmente perjudicadas por la prohibición, quienes sufrieron la persecución y la estigmatización en carne propia y quienes al mismo tiempo contribuyeron en mayor medida al conocimiento, la difusión y el acceso al cannabis, difícilmente se vean contenidos por esta normativa. Las opciones serán: capitalista industrial o narcotraficante.
La prohibición se siente como haber nacido en una cuarentena eterna en la que siempre hubo que sacar un permiso de circulación para estar en la calle, porque se te considera una amenaza para la salud pública. Y te pueden meter preso por eso. Solo que sin pandemia, ni evidencias científicas, ni perjuicio a terceros. Una condena absurda que va a seguir siendo así hasta que cambie una ley, una ley que no parece molestarle al poder, sino todo lo contrario.
La prohibición funciona como una barrera que mantiene a la población cannabicultora a raya, amenazada por la Justicia Penal, mientras se firman discretos convenios de inversiones millonarias entre quienes ponen y quienes disponen. A la par, la nueva reglamentación de la ley 27.350 otorga a la curia médica la autoridad para legitimar el dolor y conceder indulgencias de cultivo; todo bajo el escrutinio obsesivo de la nobleza farmacéutica, muy preocupada porque sus pacientes se curen bien, es decir, con sus productos.
(*) Activista, docente y director del Proyecto de Extensión de Interés Social "Cannabis, Ciencia y Sociedad", de la UNL.