El intendente de Rafaela vetó la ordenanza que reducía el límite a las fumigaciones

Ordenó mantener los actuales 200 metros por al menos 6 meses. En tanto, en Zenón Pereyra, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dejó firme un área de 1000 metros libre de agrotóxicos.

A dos semanas de sancionada la ordenanza que reducía el límite a las fumigaciones en Rafaela, el intendente Luis Castellano anunció su veto. El decreto con los detalles se conocerá este viernes. Especialistas en derecho habían adelantado que la norma era inconstitucional porque no respeta el principio de no regresión presente en la Constitución Nacional y leyes ambientales. Ese principio establece que las medidas de protección de la salud y el ambiente nunca pueden reducirse, solo aumentarse. Grupos ambientalistas y vecinales reclaman una zona de resguardo de 1.500 metros. En tanto, en Zenón Pereyra, 80 kilómetros al sur de Rafaela, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia ratificó un límite de 1000 metros.

En un encuentro con concejales, el intendente rafaelino dijo este jueves que su veto es propositivo, con el fin de que la norma sea aplicable y no tenga cuestionamientos legales. La ordenanza reducía de 200 a 50 metros la distancia desde perímetro urbano a partir de la cual se permiten aplicar agroquímicos. Desde los 50 hasta los 200 metros, autorizaba el uso únicamente de “productos biológicos”. Y a partir de los 200, mantenía la habilitación de fumigar con agrotóxicos como el glifosato.

Si bien los detalles de la decisión se conocerán cuando se publique el decreto, el intendente adelantó que suspenderán por al menos 180 días la reducción del límite y crearán una Comisión Especial para recabar información. Quieren conocer qué productos biológicos podrían aplicarse; las técnicas, condiciones y procedimientos de aplicación; las medidas de prevención y toda otra información relevante vinculada a tales productos.

“Hasta que esto ocurra, el Área de Seguridad (conocida como límite agronómico) permanecerá con un ancho de 200 metros contados desde el perímetro urbano y de los establecimientos rurales, manteniendo la protección actual”, explicó la Municipalidad en un comunicado.

Reclamo vecinal

Los 200 metros actuales siguen estando lejos de la demanda de grupos ambientalistas y de vecinos que reclaman alejar las fumigaciones al menos 1000 metros. El proyecto que establecía esa distancia fue rechazado por la mayoría de los concejales el jueves 2 de diciembre, cuando por el contrario, votaron reducir la zona de resguardo.

El intendente de Rafaela Luis Castellano se reunió con concejales y dijo que el veto es propositivo, con el fin de que la norma sea aplicable y no tenga cuestionamientos legales.

“Lo que nosotros defendemos y proponemos es una ley provincial que establezca 1.500 metros de distancia y avanzar de manera progresiva hacia un cambio de modelo productivo”, explicó Jorge Quevedo, de la organización Amigos de la Vida que forma parte de la campaña provincial Paren de Fumigarnos. “El veto a la ordenanza es una buena noticia porque al menos no se retrocede, pero está claro que ni el intendente ni el gobernador -el rafaelino Omar Perotti- son partidarios de ampliar los límites”, advirtió. “Ahora se vuelve todo a cero y habrá que continuar la lucha. Mientras tanto, se sigue postergando la salud de la población”, sostuvo.

Lo que ocurra en Rafaela cobra singular relevancia por ser la ciudad de origen tanto de Perotti como de Ricardo Lorenzetti, juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, reconocido por sus trabajos en derecho ambiental.

En Zenón Pereyra, 1000 metros libres de venenos

A 80 kilómetros al sur de Rafaela, en Zenón Pereyra, quedó confirmada una zona de 1000 metros libres de agrotóxicos. Ocurrió el martes último, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Provincia rechazó una queja que había presentado la Comuna de esa localidad anta una sentencia de la Cámara Civil y Comercial que estableció esa distancia.

La zona de resguardo se logró luego de que la familia Bassi, afectada por las fumigaciones, presentara un recurso de amparo en 2014. Fue en junio de 2020 cuando la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de Santa Fe, en una decisión sobre esa causa, estableció los 1000 metros de distancia. Decisión que fue objetada por la comuna pero que ahora la Corte dejó firme.

En la zona de resguardo se puede realizar agricultura agroecológica. La Corte confirmó también la obligación de la Comuna de establecer una cortina forestal, tal como indica la Ley del Árbol (ley provincial 13.836).

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