El beneficio fue otorgado para tres genocidas imputados en las causas de lesa humanidad del circuito represivo Atlético, Banco y Olimpo, centros de detención clandestina ubicados en la ciudad y en la provincia de Buenos Aires. También alcanza a un cuarto imputado del juicio conocido como "1 y 60" de La Plata.
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación expresó su repudio por la sorpresiva decisión de la Sala de Feria de Casación de otorgar el beneficio de salidas transitorias para tres genocidas y la domiciliaria para un cuarto. El tribunal autorizó las salidas transitorias a tres represores del circuito conocido como ABO (Atlético, Banco, Olimpo) y la prisión domiciliaria para otro imputado en la causa "1 y 60" de La Plata.
En el último día de la feria, previo a que se modifique su conformación, la Sala de Casación —integrada por los jueces Eduardo Riggi, Juan Carlos Mahiques y Carlos Gemignani— decidió revocar la resolución del Tribunal Oral Federal que había denegado las salidas transitorias solicitadas por las defensas de los represores Eduardo Emilio Kalinec, Juan Carlos Avena y Luis Donocik.
Los tres además se encuentran condenados en otro tramo de la causa ABO (“Miara”). La Sala ad hoc de Casación también decidió conceder la prisión domiciliaria a Enrique Welsh, quien estuvo prófugo hasta el 2015.
En el caso del represor Welsh, la Secretaría de Derechos Humanos también se había opuesto a la domiciliaria en noviembre de 2021 porque se había demostrado que las patologías que padece el imputado estaban debidamente tratadas en la Unidad 34, donde permanecía detenido.
Extremar los recaudos para evitar la impunidad
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en su rol de querellante en la causa ABO, se había opuesto a los planteos de la defensa en la instancia del Tribunal Oral Federal. En este sentido, desde la Secretaría se argumentó que: "Otorgar el beneficio de las salidas transitorias generaría una controversia que no sólo incluye a sus víctimas directas, sino que atraviesa también a la sociedad en general en virtud de la indeleble impresión en la memoria colectiva que significaron los hechos por los cuales el imputado fue juzgado y condenado".
Además, él área que conduce Horacio Pietragalla afirmó que "la concesión de las salidas transitorias se apartaría sin fundamento alguno de las disposiciones de la denominada Ley de Víctimas (Ley 27.372)". Por lo tanto agregó que "respecto de las salidas transitorias corresponde adoptar un criterio judicial, que extreme los recaudos para evitar las circunstancias que pudieran derivar en la impunidad cuando se juzgan delitos de lesa humanidad".
Asimismo, desde el área de Acompañamiento y Asistencia a Víctimas, la Secretaría tuvo una intervención para que las víctimas fueran escuchadas, lo que provocó que en los tres casos el Tribunal rechace los pedidos.
Sobre las causas
Atlético, Banco y Olimpo (ABO) es el juicio iniciado el 24 de noviembre de 2009, en el que se juzgó por delitos de lesa humanidad a 15 exmilitares cometidos en los tres centros clandestinos de detención dependientes del I Cuerpo del Ejército Argentino. Estos centros fueron El Atlético y El Olimpo, ubicados en la ciudad de Buenos Aires y Banco, localizado en la provincia de Buenos Aires. En el marco de esta causa se investigan en esta causa son las privaciones ilegales de la libertad agravadas y tormentos agravados de 181 víctimas. La mayoría de estas personas permanecen desaparecidas.
Por otro lado, en la causa "1 y 60" se investigan 197 casos de secuestros y aplicación de tormentos, delitos contra la integridad sexual y un caso de desaparición. “1 y 60” fue el primer eslabón del plan represivo montado por las fuerzas armadas y de seguridad en la ciudad de La Plata durante la última dictadura militar.