La actual Ley de SIDA fue sancionada en 1990. Hoy un nuevo proyecto en el Congreso busca otro abordaje, con perspectiva de género y derechos humanos.
En 1982 se conocieron los primeros casos de VIH en Argentina. Todo era desconocimiento, miedos, estigma y discriminación. Las y los médicos infectólogos que atendían los casos eran pocos, con insumos insuficientes y tratamientos con costos imposibles para la mayoría de la población que los necesitaba.
El incipiente activismo que reclamaba respuestas al Estado fue amplificando sus voces. En 1989 se formó la Fundación Huésped y aparece allí la figura de Roberto Jáuregui (hermano de Carlos), la primera persona con VIH en hacer pública y mediática su condición.
En 1990 Argentina fue pionera al tener su Ley Nacional de Sida (23.798) para la atención integral para las personas con VIH, en momentos en que aquella pandemia arrasaba con miles de vidas.
El pasado 29 de marzo la diputada nacional Carolina Gaillard (FdT Entre Ríos) – con 50 firmas de diputados y diputadas de los distintos bloques y la adhesión de más de 180 organizaciones-, presentó en la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto para una nueva Ley de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual. Esta es la cuarta vez que una iniciativa de este tipo ingresa al Congreso.
Ya es tiempo
En 2014 un equipo dentro del Ministerio de Salud de la Nación comenzó a trabajar en un borrador para modificar la ley de 1990. A partir de ahí comenzó un proceso de consultas, audiencias, reuniones y encuentros nacionales que, con el acompañamiento del Frente Nacional por la Salud de las Personas con VIH – que reúne a organizaciones de todo el país-, buscó conocer la situación de las personas que hoy viven con esta patología para reconocer sus demandas específicas.
En 2016 el proyecto de ley fue presentado y solo llegó a tener dictamen en la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara Baja, pero no pasó por las restantes: Legislación General y Presupuesto y Hacienda. En 2018 directamente no logró dictamen en ninguna.
Con el cambio de gobierno se renovaron las esperanzas de conseguir su tratamiento y sanción, pero el coronavirus puso todo en stand by, a pesar de la relevancia pública que volvieron a tener los temas de salud y las comparaciones – bastante flojas de papeles – de la pandemia de Covid 19 con la que se había vivido en los años 80 con el VIH.
El proyecto ingresado en 2020, que no se trató en las sesiones ordinarias de ese año ni en 2021, fue incluido por el presidente Alberto Fernández en el temario de las extraordinarias que debían realizarse a partir del 1° de febrero de este año. Pero, por esas irracionalidades del sistema, el Congreso no sesionó en febrero y el proyecto volvió a perder estado parlamentario.
Para las organizaciones que militan el tema, las trabas para conseguir esta nueva ley tienen mucho ver en el desconocimiento por parte de diputados y diputadas sobre lo que ocurre a nivel social con el VIH, y en que no se comprende la necesidad de avanzar en un abordaje integral que involucre políticas públicas en áreas diversas, no sólo en salud.
La nueva ley
La ley 23.798, aprobada en agosto de 1990, fue una normativa de avanzada para la época, pero 32 años después tiene limitaciones al abordar el tema desde una perspectiva exclusivamente biomédica. El nuevo proyecto busca hacer foco en los determinantes sociales de la salud y en la eliminación del estigma.
Si bien hoy una persona con VIH tiene la posibilidad de acceder a su tratamiento de manera gratuita, en el sistema de salud público, aún persisten barreras sociales que impiden que tenga una buena calidad de vida. La discriminación en el acceso al empleo y en los ámbitos laborales y educativos siguen sucediéndose en nuestro país. Ante esto, la nueva normativa propuesta establece la prohibición y sanción ante la solicitud de las pruebas diagnósticas de infecciones de transmisión sexual (ITS) en los exámenes preocupacionales y la protección frente a despidos discriminatorios.
También se propone un régimen de jubilación excepcional para las personas que viven con VIH y/o hepatitis B y/o C (para quienes acrediten al menos 10 años desde el diagnóstico de la enfermedad y 20 años de aportes jubilatorios), una Pensión No Contributiva vitalicia para quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad social y la provisión de tratamientos para quienes adquirieron el virus por transmisión vertical – de la persona gestante a su hijo antes del nacimiento, durante o después del parto – y para otras poblaciones clave entre las que se encuentran mujeres, personas trans, travestis y no binaries.
El proyecto de ley también busca declarar el “interés público nacional de los medicamentos, vacunas, procedimientos y productos médicos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura del VIH, las Hepatitis Virales, otras ITS y la Tuberculosis, así como también la disponibilidad de formulaciones pediátricas” para estas patologías y el “acceso universal, oportuno y gratuito a los mismos”.
Asimismo, y como una respuesta a los faltantes de medicación contra el VIH, establece “la investigación y el desarrollo de tecnologías locales para la producción pública nacional de medicamentos e insumos que garanticen la sustentabilidad de las políticas públicas vinculadas y la defensa de la soberanía sanitaria nacional”.
El artículo 3, en tanto, atiende las necesidades de las personas gestantes con VIH y los recién nacidos para garantizar el derecho a la información sanitaria, a los medicamentos, al parto respetado y a la realización de los tratamientos necesarios para evitar el contagio durante el parto y/o en los primeros meses de vida. También se estipula que todo bebé nacido de una persona con capacidad de gestar con VIH o que haya sido diagnosticada luego del nacimiento, podrá “acceder de manera universal y gratuita a la leche de fórmula, así como al tratamiento de inhibición de la lactancia durante los primeros 18 meses” de vida.
El proyecto también promueve la capacitación, la investigación y la difusión de campañas masivas sobre la temática. Prescribe la conformación de una Comisión Nacional de VIH, Hepatitis Virales, otras ITS y Tuberculosis – integrada por organismos estatales, sociedades científicas y organizaciones de la sociedad civil-, y de un Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación, desde el cual monitorear y erradicar las vulneraciones a los derechos humanos de las personas afectadas. Se prevé también la formación y capacitación obligatoria para todos los equipos que trabajan con ITS, incluyendo poderes del Estado, medios de comunicación y trabajadores de la salud y la educación.