Más de 800 vecinas y vecinos piden que se derogue la nueva ordenanza de agroquímicos de Rafaela. En un petitorio presentado el martes 19 de julio, solicitaron ampliar la zona de resguardo ambiental, promover la agroecología y suspender la explotación municipal de soja en el Aeródromo.
Organizaciones sociales, vecinas y vecinos de Rafaela pidieron al Concejo Municipal y al intendente Luis Castellano que se derogue la ordenanza 5331, que regula la aplicación de agroquímicos en la ciudad. Al mismo tiempo, solicitaron la ampliación progresiva de la zona de resguardo ambiental junto con la promoción de la agroecología en el periurbano. Lo hicieron el martes 19 de julio a través de un petitorio que fue firmado por 885 personas.
La ordenanza 5331 fue aprobada en diciembre del año pasado y entró en vigencia el 27 de junio último, aunque todavía falta su reglamentación. La norma redujo de 200 a 50 metros el límite permitido para aplicar agroquímicos en los campos del periurbano. Entre el metro 50 y el 200 habilita la aplicación de “productos fitosanitarios de origen orgánicos y/o biológicos”, lo cual implica un retroceso en la protección de la salud y el ambiente por al menos dos motivos: no está garantizado que dichos productos sean inocuos ni seguros para la salud y el ambiente; si la intención fuera promover la producción orgánica o agroecológica, lo que corresponde es extender y no reducir la zona de resguardo ambiental.
El petitorio fue promovido por el grupo “Rafaela sin venenos, por la agroecología”, y consta de cuatro puntos:
1) Derogar la ordenanza Nº 5331, aprobada el 2 de diciembre de 2021, que reduce de 200 a 50 metros el límite permitido para aplicar agroquímicos en la ciudad.
2) Actualizar el límite de 200 metros y ampliar progresivamente la zona de resguardo ambiental en la ciudad.
3) Promover la producción agroecológica de alimentos e incentivar prácticas que permitan la regeneración de la naturaleza en el periurbano.
4) Suspender la explotación municipal de soja y otros cultivos comerciales en el Aeródromo local que implican la aplicación de venenos como el glifosato a 200 metros de las casas y a 700 metros de la planta potabilizadora de agua.
Los firmantes advierten que es urgente que la Municipalidad de Rafaela cumpla con el artículo 41 de la Constitucional Nacional, con el principio de no regresión y con el principio precautorio presente en la Ley General del Ambiente que establece: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.
Entre otros fundamentos, el petitorio señala que en 2008 se había establecido ya un límite de 200 metros y que "En los últimos 14 años se conocieron cientos de estudios científicos que demuestran los graves impactos de los agrotóxicos en la salud y el ambiente. Al mismo tiempo, fallos judiciales a nivel provincial y nacional ordenaron ampliar las zonas de resguardo ambiental para proteger la salud de las personas. Entre ellas, se destaca el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia –de noviembre de 2021– que ratificó la orden de alejar 1000 metros las fumigaciones en Zenón Pereyra, dictada por la Sala Segunda de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Santa Fe".
"Entendemos y reivindicamos al campo como un territorio para la vida, el trabajo y la producción de alimentos sanos y a precios justos. En ese sentido, no nos oponemos a la actividad agropecuaria, sino al modelo agroindustrial de producción en base a monocultivos y uso de agrotóxicos", dice el texto presentado en el Concejo.