Héctor Sibilla había sido condenado por delitos de lesa humanidad cometidos en la dictadura, pero la Corte Suprema no confirmó la sentencia. La Secretaría de Derechos Humanos exige a la Corte que resuelva de manera urgente este y otros expedientes que se encuentran demorados en su poder. La "Causa Ford" fue clave para mostrar la responsabilidad empresarial en la dictadura".
El ex jefe de Seguridad de Ford Argentina, Héctor Sibilla, murió sin que su sentencia quede firme, pese a haber sido condenado por delitos de lesa humanidad. El fallo de primera instancia había sido confirmado por la Cámara Federal de Casación Penal en 2021, pero la Corte Suprema de Justicia de la Nación demoró en expedirse sobre el caso. Sibilla fue responsabilizado como partícipe necesario del secuestro y las torturas sufridas por 24 empleados de la empresa durante la dictadura.
En 2018, el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín condenó a Sibilla a la pena de 12 años de prisión. En 2021 la Cámara Federal de Casación Penal le dio la razón al tribunal. Sin embargo, dos años después, la Corte Suprema aún no había resuelto sobre la situación de quien fue jefe de Seguridad de la planta automotriz ubicada en la localidad bonaerense de Pacheco. La condena llegó a esa instancia luego de un recurso extraordinario de la defensa. La Secretaría de Derechos Humanos, que presentó sendos pedidos para que la Corte se expida, calificó las demoras del órgano como "injustificadas".
Al respecto, emitió un comunicado en el que exige a la Corte que "vuelva a poner las causas por crímenes de lesa humanidad como parte de sus prioridades y resuelva de manera urgente este y otros expedientes que se encuentran demoradas en su poder".
"Los crímenes contra trabajadores de Ford, así como la falta de una respuesta judicial adecuada, fueron constatados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por lo que las demoras de la Corte Suprema comprometen la responsabilidad internacional del Estado argentino", agregó la Secretaría.
Sibilla murió el 4 de abril pasado, pero su fallecimiento fue notificado en el expediente esta semana. Además de él, fueron condenados Pedro Müller, ex gerente de Manufactura de la firma, y el ex militar Santiago Omar Riveros.
La "causa Ford" marcó un hito en la judicialización de la responsabilidad empresarial con el terrorismo de Estado. A partir del impulso de familiares y sobrevivientes, se logró probar la participación esa empresa en la represión a trabajadores, trabajadoras y sindicalistas. Fue la primera sentencia condenatoria en Argentina de altos funcionarios de una firma multinacional en delitos de lesa humanidad.
Los hechos
Desde el mismo día del golpe de Estado hasta agosto de 1976, 24 trabajadores de Ford Argentina fueron secuestrados por las Fuerzas Armadas, con diversas formas de participación de los directivos de Ford. Varios de ellos fueron llevados por la fuerza a un quincho de la empresa, donde fueron mantenidos cautivos, interrogados y torturados. Posteriormente fueron llevados a las comisarías de Tigre o de Ingeniero Maschwitz, donde continuaron los tormentos y permanecieron privados de su libertad sin orden judicial. Algunos también fueron víctimas de simulacros de fusilamientos.
Más tarde, a través de distintos decretos presidenciales, los obreros fueron puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y trasladados a otras unidades carcelarias como Devoto, La Plata o Sierra Chica. Luego de las detenciones, las familias de los trabajadores detenidos recibieron telegramas enviados por la empresa, primero intimando a las víctimas a presentarse a trabajar y luego anunciando el despido por no haberlo hecho.
Cuando finalmente recuperaron su libertad, muchos de los trabajadores y sus familias estuvieron sometidos a regímenes de libertad vigilada durante años.
El juicio
Con el número 2855, y caratulada como "Müller, Pedro y otros s/privación ilegal de la libertad", la "Causa Ford" investigó la participación de altos funcionarios de la empresa Ford Motor Argentina en las violaciones a los derechos humanos cometidas contra 24 trabajadores de la compañía, algunos de ellos delegados gremiales.
El juzgamiento de las responsabilidades empresariales comenzó en el año 2002 como desprendimiento de la investigación llevada adelante contra Santiago Riveros. Él era el responsable militar de la jurisdicción donde entonces se encontraba la planta de Ford.
La causa que investigó a la multinacional se tramitó en tres departamentos judiciales diferentes de la Justicia Federal y tardó más de once años en ser elevada a juicio. Gracias al impulso de las víctimas, la etapa oral comenzó el 19 de diciembre de 2017.
No sólo se proveyó evidencia contra Sibilla y Müller. También se constató la participación de Nicolás Enrique Courard, presidente de la compañía, y Guillermo Galarraga, gerente de relaciones laborales, pero ambos fallecieron antes o en el transcurso del juicio.
El veredicto se dictó el 11 de diciembre de 2018. El tribunal integrado por los jueces Osvaldo Facciano, Mario Gambacorta y Eugenio J. Martínez Ferrero condenó a Santiago Riveros a 15 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; a Pedro Müller a 10 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; y a Héctor Sibilla a 12 años de prisión e inhabilitación absoluta durante la duración de las condenas, considerando a los dos últimos partícipes necesarios en los hechos criminales.
La sentencia
Los fundamentos de la sentencia fueron publicados el 15 de marzo de 2019. En ellos, el tribunal sostuvo que "ilegítimas detenciones obedecieron a un denominador común que se vinculó a su participación en actividades gremiales" y que "existió, de parte de autoridades y personal jerárquico de la empresa Ford, un aporte específico de información de los trabajadores a ser secuestrados. (…) Por una parte se acreditó que se entregaron a las fuerzas militares los legajos del personal (…). Por otro lado, se acreditó que el aporte de información por parte de los directivos empresariales a las fuerzas militares para consumar los secuestros se materializó mediante la confección de listados con las personas que demandaban ser detenidas".
Asimismo, en el juicio se probó que "existió un aporte logístico y de recursos materiales de parte de las autoridades y personal jerárquico de Ford a las fuerzas militares que, de mano propia, produjeron los secuestros probados. Fueron numerosos los testigos que declararon que el personal del Ejército que se encontraba instalado en la fábrica y, específicamente en el quincho al que hicimos referencia, era alimentado en los comedores de la empresa".
El fallo explicita que “después del 24 de marzo de 1976, más allá del uso de las fuerzas de seguridad y luego armadas del quincho y del sector recreativo como una especie de cuartel militar, plenamente visible y conocido por todos, ese espacio se convirtió en un centro clandestino de detención con la particularidad de encontrarse emplazado en una propiedad privada. Los trabajadores detenidos y secuestrados en sus lugares de trabajo fueron llevados al quincho donde fueron mantenidos en condición de desaparecidos".
Los jueces concluyeron que el móvil de este proceso represivo fue "la eliminación de las comisiones internas de los sindicatos en las fábricas, símbolo de la fuerza obrera y de la resistencia a las demandas de eficiencia", "un objetivo común entre empresarios y los militares que de facto ocuparon el gobierno".