Por Guillermo Munné*
Buscás distracción en un programa televisivo que busca facilitarte el arte de cocinar para ver si alguna vez te decidís a variar tus recetas y allí aparece nuevamente. El mismo spot que aparecía cuando estabas viendo noticias internacionales y el que te desanimó cuando seguías un artificioso debate acerca de las virtudes de conducción de Pipo Gorosito. Es el spot de Patricia Bullrich que se pasa a repetición, de manera gratuita y obligatoria, por todos los canales de televisión.
Patricia Bullrich te acusa, te etiqueta y propone tu destrucción definitiva, para siempre. Tu culpa: ser kirchnerista. Por eso, no debés existir más. Por más que renuncies a ver televisión sabés que allí, en sus twits y en cada entrevista, ella sigue convocando a quienes odian al kirchnerismo y propone ocuparse de eliminar esa corriente política de la Argentina contemporánea. Y lo hace sabiendo que puede haber gente tan primitiva como para dejar la máquina de copo de nieves y tratar de disparar un arma puesta a centímetros de tu sien.
Proselitismo del linchamiento
Recibo el llamado de Hugo Kofman. “Esta forma de marcarnos ya la viví. Es amenazante”. El hermano de Hugo, Jorge Kofman, se encuentra desaparecido desde el 10 de junio de 1975. Su madre, Celina “Queca” Kofman, desarrolló por el resto de su vida una labor incansable y ejemplar como Madre de Plaza de Mayo. No ha estado por debajo de ello el compromiso y el coraje de Hugo y de su esposa, Julia Gaitán, como militantes de derechos humanos. Son muy conocidas sus tareas en Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas de Santa Fe y en el Foro contra la Impunidad y por la Justicia de la misma ciudad, donde también vivo.
Le propongo patrocinarlo en una denuncia ante el poder judicial federal. El debate democrático amplio, de posiciones fuertemente diferenciadas que presenten alternativas realmente diversas como programas de gobierno, dan valor a los procesos eleccionarios. Al respecto, no cabe ninguna intromisión judicial. Buscar votos proponiendo la eliminación para siempre de quien piensa distinto, con una repetición que supera el punto de hartazgo, no puede, en cambio, ser acompañada por la pasividad ciudadana e institucional.
Este bajo negocio de Bullrich es un delito caracterizado en la Ley 23.592, llamada antidiscriminatoria, que califica como conducta ilegal la de quienes "…por cualquier medio alentaren o incitare a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas" (art. 3). A su vez, ordena que a pedido de quien resulte damnificada/o, será obligado: "… a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos".
En esos términos, el jueves 12 de octubre de 2023 presentamos una denuncia, inicialmente dirigida a la Cámara Nacional Electoral, para que cese con inmediatez la difusión de estos ataques discriminatorios y promotores de violencia en spots audiovisuales que por disposición del régimen electoral se difunden masiva y reiteradamente cada día.
Allí también fundamentamos la importancia de que Patricia Bullrich pida disculpas públicas sobre sus expresiones y publicaciones, en particular, las proferidas en la ciudad de Santa Fe cuando acompañaba el triunfo electoral de Maximiliano Pullaro. Eufórica prometió ocuparse de "destruir al kirchnerismo para que no vuelva más una ideología que ha generado un mal terrible en nuestro país". Esa retractación debería ser frente a los mismos medios masivos de comunicación que estaban registrando sus violentos dichos. Esto como forma de reparación simbólica para quienes sostienen como identidad política el kirchnerismo y se ven sometidos a la peligrosa y amenazante demonización de esta candidata, que reincide en las prácticas largamente conocidas en la historia de nuestro país de estigmatización del peronismo para justificar proscripciones, intentos de magnicidio y violaciones múltiples a los derechos humanos.
Un mensaje público de Bullrich al respecto contribuiría también a que sus votantes tengan mejores posibilidades de advertir que no es posible tener como plan de acción política y gubernamental la desaparición eterna del oponente. El texto completo de la denuncia puede ser consultado aquí.
La derecha argentina y la violencia institucional
Con Hugo Kofman hemos conversado varias veces acerca de cómo se hizo posible en nuestro país que sus fuerzas armadas y de seguridad se dedicaran sistemáticamente al secuestro y desaparición de militantes políticos, con acompañamiento de corporaciones, de magistrados y medio masivos de comunicación. Una condición esencial parece haber sido los insistentes discursos de estigmatización que construyeron la figura de las/los “subversivas/os” como el enemigo de nuestra sociedad.
Las soluciones a los principales problemas de nuestro país requerían suprimir a militantes que se opusieran a las injusticias de la economía de mercado capitalista, a los cercenamientos militaristas y golpistas de las libertades y al intervencionismo estadounidense que prescindía de las aspiraciones soberanas de los países latinoamericanos.
La estigmatización en que insiste Patricia Bullrich contra el kirchnerismo como una expresión política a destruir, tiene reiterados antecedentes desde el surgimiento del peronismo y de sus organizaciones partidarias, como el actual Partido Justicialista al que Hugo Kofman se encuentra afiliado. El 16 de junio de 1955, la Aviación de la Armada argentina lanzó 14 toneladas de bombas contra la Plaza de Mayo de Buenos Aires, masacrando a los centenares de personas que allí se encontraban. Este ataque espantoso, apoyado por la cúpula de la Iglesia Católica Argentina, intentaba un magnicidio, el asesinato de Juan D. Perón, para ser reemplazado por un gobierno tripartito que estuviera integrado por Miguel Ángel Zavala Ortiz, dirigente de la Unión Cívica Radical (UCR), Américo Ghioldi, dirigente del Partido Socialista (PS) y Adolfo Vicchi, dirigente del Partido Conservador.
Esos mismos partidos políticos, más el Partido Demócrata Progresista (PDP) y el Partido Demócrata Cristiano (DC), se sumaron al régimen militar implantado con el golpe de Estado del 16 de setiembre de 1955 siguiendo la idea de que el peronismo constituía una plaga a suprimir. Desde entonces, por imposición del Decreto N°4162/1956, se prohibió: a) expresarse informal o partidariamente como peronista; b) defender o siquiera mencionar públicamente a Eva Duarte y a Juan Perón; y c) la presencia y la participación política de éste último hasta junio de 1973. El 9 de junio de 1956 se masacró a militantes peronistas en los basurales de José León Suárez, provincia de Buenos Aires, quienes habían sido secuestrados en el departamento que alquilaba Juan Torres y el 12 de junio de 1956 fue fusilado el General Juan José Valle por levantarse contra la persecución antiperonista de la dictadura de Aramburu.
Bajo las condiciones de proscripción del peronismo fue luego electo Arturo Frondizi, de la Unión Cívica Radical Intransigente (UCRI), quien sancionó el Decreto 2639/1960 imponiendo el Plan de Conmoción Interior del Estado (Plan Conintes, art. 2). Aplicando esa normativa, se colocó bajo jurisdicción militar a más de 3500 militantes políticos que atestaban distintas cárceles de Argentina por su activismo sindical, estudiantil y contra las restricciones proscriptivas. Entre ellas y ellos, se encontraban, por ejemplo, Andrés Framini, Norberto Centeno y Envar El Kadri.
El cese de las normas proscriptivas en 1973 no puso fin a la estigmatización de la militancia peronista. Por resoluciones del juez Sarmiento, durante la última dictadura cívico-militar, se secuestraron los libros, papeles y documentos del fallecido presidente Juan Perón, cuyo destino parece haber sido su entrega al dictador Jorge Rafael Videla para su destrucción, así como decenas de miles serán las/os militantes partidarios y sindicalistas del peronismo que sufrirán el secuestro, la tortura, las violaciones, los vejámenes, la cárcel ilegal, la persecución judicial, el exilio, los asesinatos, desapariciones y robos de sus hijas e hijos.
La desmemoria de esta trayectoria hace avanzar visiones negacionistas como la teoría de los dos demonios, que en los años 80 difundía el alfonsinismo. Parte de esa singular visión de nuestra historia era que la violencia política arribó a nuestro país de la mano de las organizaciones revolucionarias de izquierda constituidas a fines de la dictadura militar de Onganía, frente a lo cual se implantó como respuesta, con “excesos”, la violencia armada de la última dictadura militar. En el medio, habría una inocente y pacífica sociedad argentina, representada por los partidos políticos antiperonistas, que siempre fue apegada a la institucionalidad pluralista y víctima del peligroso populismo.
Los custodios del pluralismo democrático contra las amenazas populistas siguen sin repudiar el intento de magnicidio contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. No se conoce aún una expresión de solidaridad al respecto, por ejemplo, de parte de Patricia Bullrich. Tampoco un pronunciamiento suyo sobre los oscuros contactos con el grupo atacante mantenido por su entonces jefe de campaña, Gerardo Milman, a través de asesoras de premiada belleza. Los pluralistas partidos del cambiemismo, a su vez, apoyan con fervor las masivas violaciones a los derechos humanos que Gerardo Morales lleva adelante en Jujuy bajo la idea de que la institucionalidad civilizada debe avanzar a través de una reforma constitucional aprobada con secretismo y urgencia, siempre encontrando apoyo en el poder judicial encabezado por sus partidarios, que anegaron el Superior Tribunal provincial a través de sesiones parlamentarias exprés desarrolladas apenas asumió como gobernador.
¿Liberaqué?
Es un entramado cultural, siempre activo contra la barbarie que habita cuerpas y cuerpos populares, el permite a la derecha argentina estar convencida de que cultiva ideas pluralistas propias del liberalismo político. Si la demonización y violencia política, por ejemplo, se dirige contra un sector del peronismo, entonces, es una firme y civilizatoria defensa de las ideas de libertad y democracia. En esa trayectoria se inscribe la violenta campaña de Patricia Bullrich comprometiéndose a concretar la destrucción del kirchnerismo ahora y para siempre.
La persecución y supresión del oponente no sólo es repudiada por el universo de militantes kirchneristas y peronistas, con clara memoria de las estigmatizaciones y ataques homicidas sufridos desde hace más de 70 años, sino que son prácticas calificadas como inaceptables para la vida y discusión democrática desde otras tradiciones políticas como las del verdadero liberalismo democrático. Norberto Bobbio, conocido filósofo político italiano, sostiene que "la tolerancia debe extenderse a todos excepto aquellos que niegan la tolerancia, o más brevemente todos deben ser tolerados excepto los intolerantes" (“Las razones de la tolerancia” en El tiempo de los derechos, Sistema, Madrid, 1991, p 253).
El epistemólogo y filósofo liberal Karl Popper enfatiza que: "hay una insensatez, la intolerancia, difícil de tolerar: en realidad, es aquí donde encuentra su límite la tolerancia. Si concedemos a la intolerancia el derecho a ser tolerada, destruimos la tolerancia, y el Estado constitucional" (En busca de un mundo mejor, Paidós, Barcelona,1994, p. 24).
También en la normativa internacional sobre derechos humanos se encuentra establecido que el ejercicio de derechos como los de participación política y libertad de expresión no concede "derecho alguno a un Estado, grupo o individuo para emprender actividades o realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades reconocidos en el Pacto o a su limitación en mayor medida que la prevista en él" (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 5.1, norma operativa para el derecho interno argentino con rango constitucional, art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional).
Disposiciones similares se leen en la Carta Europea de Derechos Humanos (art. 54) y en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (art. 17). Según esas normas, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha señalado que: "nadie puede intentar beneficiarse de las disposiciones del Convenio en aras de llevar a cabo actos destinados a destruir aquellos. Considerando que esta disposición no puede ser interpretada en el sentido de desposeer a las personas de los derechos fundamentales de carácter individual garantizados en los artículos 5 y 6 CEDH" (Sentencia “Lawless”, 1-6-1961, parágrafo 6). Al respecto, Gerard Cohen-Jonathan comenta que "preservar el libre funcionamiento de las instituciones democráticas, es condición necesaria para la aplicación y el respeto de los derechos humanos" (La Convention Européenne des Droits de I 'Homme, Economica, París, 1989, p. 553).
Kofman denuncia delitos electorales candidata P Bullrich 12-10-2023El derecho electoral argentino no propicia la demonización del oponente
Contando con los criterios de la ley antidicriminatoria, la ya mencionada Ley 23.298, la Corte Suprema de Justicia argentina ha subrayado que la actividad de los partidos políticos no puede incluir actos concretos de discriminación absolutamente contrarios al principio de igualdad ante la ley ya que: "no encuentran cobijo en el art. 38 de la Constitución Nacional, en los tratados internacionales incorporados a su art. 75, inc. 22, ni en las leyes 23.298 de partidos políticos y 23.592, que sanciona los actos discriminatorios".
El derecho constitucional argentino contiene, en especial a partir de la incorporación de diversos tratados internacionales sobre derechos humanos, la prohibición expresa de utilizar criterios clasificatorios fundados en motivos de “raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social” (art. 1° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y art. 26 del Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos). Por ende, la interdicción de la discriminación en cualquiera de sus formas y la exigencia internacional de realizar por parte de los Estados acciones positivas tendientes a evitar dicha discriminación deben reflejarse en su legislación, de lo cual es un ejemplo la ley 23.592, y también en la interpretación que de tales leyes hagan los tribunales” (Fallos 332:433).
La misma sentencia refiere a la importancia que tiene para el régimen electoral argentino lo previsto en el art. 13, inc. 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos, “… en cuanto dispone que estará prohibida por la ley “toda propaganda a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional”. Por último, es a la luz de estas cláusulas que deben interpretarse los arts. 16 y 38 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298.”
Resta ahora que el poder judicial federal, tantas veces amistoso con la dirigencia cambiemistas y hostil con representantes del kirchnerismo, no se haga el distraído con la campaña de Bullrich acusándote varias veces al día y por todas las vías: sos culpable de kirchnerismo, te voy a destruir ahora y para siempre.
*Profesor de “Filosofía del Derecho” (Universidad Nacional del Litoral) y de “Derechos Humanos” (Universidad Autónoma de Entre Ríos). Abogado querellante en causas sobre delitos de lesa humanidad. Patrocinante de la denuncia de Hugo Kofman.