El Gobierno realizó una serie de cambios al proyecto de ley ómnibus

SIDE

Se enviará el proyecto con las modificaciones acordadas, entre las que se destaca que a partir de abril comenzará la actualización de jubilaciones según la inflación mensual y la eliminación de YPF del listado de privatizaciones.

Luego de todas las negociaciones con la oposición amistosa al oficialismo, el Gobierno nacional enviará formalmente al Congreso los cambios al proyecto de ley ómnibus.

A grandes rasgos, los cambios introducidos se centran en que las delegaciones legislativas al Ejecutivo se redujeron a un año y se incorporó una fórmula de ajuste jubilatorio por inflación.

Por su parte, capítulos como el de salud mental, los cambios a la ley de sociedades, el traspaso de la Justicia nacional a CABA y la reforma electoral salieron del articulado y serán tratados particularmente en sesiones ordinarias.

Los cambios introducidos

  • Delegaciones al Ejecutivo y emergencia Económica: aceptaron reducir el plazo de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, tarifaria, energética y administrativa y de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogarlas por un año más con aprobación del Congreso, a diferencia de los dos años con dos de prórroga del proyecto original.
  • Movilidad jubilatoria: hasta marzo se va a mantener el ajuste trimestral bajo la fórmula actual. A partir de abril, habrá una “actualización automática por inflación mensual”, en base al último dato de inflación disponible del INDEC.
  • Privatizaciones: YPF quedó afuera del listado de empresas a ser privatizadas. Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT, el Estado solamente puede realizar una privatización parcial y mantener el control de la empresa.
  • Reuniones de tres personas: se eliminó el artículo 331° que establecía la autorización para manifestarse y la reunión de tres personas o más.
  • Reforma electoral: este es otro de los cambios al proyecto de ley ómnibus que se eliminó del proyecto y se dará en sesiones ordinarias.
  • Blanqueo de capitales: se establece que los sujetos no residentes que adhieran al Régimen de Regulación de Activos no podrán declarar bienes que se encuentren a nombre de terceros. Quedan excluidos del blanqueo los funcionarios que se hayan desempeñado en el rol en los últimos 5 años. Además, se establece que lo recaudado por Impuesto Especial de Regularización se destinará a la capitalización del Banco Central.
  • Código Civil y Comercial: se retiran las modificaciones al Código Civil y Comercial, esto es, los artículos 804, 887, 888, 911, 912, 994, 1002, 1004, 1011, 1014, 1056, 1082, 1528, 1539, 1641, 1642, 1643, 1649, 1741, 1754, 1796, 2000, 2038, 2047, 2089, 2207, 2331, 2332, 2333, 2334, 2468, 2542 y 2546. Sin embargo, se mantiene el capítulo de contratos “solo a los fines de acrecentar la libertad económica de las partes”.
  • Retenciones a las economías regionales: se establece en 0% las retenciones para las economías regionales.
  • Pesca: se quita la palabra “internacional” del sistema de asignación de cuotas pesqueras, que había generado el rechazo del sector y de los gobernadores patagónicos.
  • INCAA: se deroga la modificación del artículo 21° y se mantiene la asignación específica para el INCAA, que seguiría recibiendo un monto de recursos de manera automática.
  • Fondo Nacional de las Artes: se deja de propiciar su cierre y se propone “explorar mecanismos para que su ecuación económica sea más favorable a la comunidad artística”. En este sentido, los directores deberán ser ad honorem y los gastos no pueden representar más del 20% de sus ingresos.
  • INAMU y Conabip: se restringen los gastos del INAMU y Conabip que no sean mayores al 20% de sus ingresos, sin proponer otros cambios de estructura.
  • Medioambiente: se elimina el artículo 497° que modificaba la Ley de Quema y se amplía de 30 a 90 días en el artículo 498° el plazo para que la Autoridad de Aplicación autorice una quema. Además, se incorporó un artículo que garantiza los recursos para el Fondo de Bosques y se aclara en la ley de Glaciares las actividades prohibidas en la zona periglaciar.
  • Actividad política: se incluye a “los empleados públicos” en las limitaciones a la actividad política. Además, se determinó un mecanismo sancionatorio ante el incumplimiento de tales prohibiciones.

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