Por Cristian Fernández, coordinador de Legales de Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
En Argentina 30 años es una eternidad. Son siete mundiales de fútbol y siete períodos presidenciales. Todavía no hemos analizado los impactos económicos, sociales y ambientales de la Ley de Inversiones Mineras de 1993, que otorgó estabilidad fiscal al sector minero por 30 años, y ya nos estamos embarcando en un nuevo paquete de privilegios para inversores millonarios por las próximas tres décadas sin medir ni analizar las consecuencias futuras.
El Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI) contenido en la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos es un régimen que busca fomentar inversiones entre 200 y 1.000 millones de dólares no sólo a partir del otorgamiento de beneficios aduaneros, cambiarios y fiscales sino también de la desregulación de la economía. ¿Libertad para los argentinos o para las empresas que se adhieran al RIGI?
El RIGI favorecerá a mega proyectos de infraestructura, forestales, de hidrocarburos y mineros vinculados al cobre y al litio, entre otros. Se trata de proyectos con altos impactos ambientales, ecosistémicos y sociales. Sin embargo, este régimen de privilegios omite cualquier referencia a la variable ambiental.
El RIGI representa un peligro para la legislación social y ambiental ya que la propia Ley Bases establece que, cualquier norma que “limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe” los privilegios otorgados será considerada “nula de nulidad absoluta e insanable”.
De esta forma, el RIGI se erige como una arquitectura legal que no sólo concede enormes privilegios a los inversores sino también anula aquellas leyes o regulaciones que pudieran limitar, desde una perspectiva comunitaria, social o ambiental, los megaproyectos extractivos y de infraestructura. Bajo el ropaje de la supuesta prosperidad que traerán las inversiones, se les garantiza inmunidad frente a la ley. Inmunidad que se confunde con impunidad. Esta construcción jurídica anti derechos resulta inédita y peligrosa.
No es tarea sencilla encontrar una ingeniería similar en el plano jurídico. Por ello, hay que recurrir a la ciencia ficción o al thriller psicológico. Me refiero concretamente a la película Eterno resplandor de una mente sin recuerdos protagonizada por Kate Winslet y Jim Carrey.
Los protagonistas Joel (Carrey) y Clementine (Winslet), luego de su ruptura como pareja, recurren a una empresa llamada Lacuna para borrar todos los recuerdos compartidos durante su convivencia. Es así que una máquina, apoyada en la cabeza de los protagonistas, ingresa en sus mentes y comienza a borrar, una por una, todas las vivencias compartidas despojándolos de sus recuerdos. Desde luego que borrar recuerdos tiene repercusiones. Puede generar daño cerebral, afirma en el film el director de la empresa Lacuna.
De manera similar a la película, el RIGI puede convertirse en una peligrosa máquina que elimine todas las leyes provinciales o nacionales que se crucen en su camino de privilegios absolutos provocando daños sociales y ambientales irreversibles. Ni la Ley de Inversiones Mineras se atrevió a tanto.
En este contexto, se configura una paradoja. El RIGI busca brindar seguridad jurídica a los mega inversores, pero su aplicación mecánica podría derivar en la nulidad de leyes y regulaciones que protegen a los territorios, lo que generaría un impacto negativo en el ambiente y un avasallamiento de los derechos humanos de las comunidades que los habitan. No hay mayor inseguridad jurídica que aquella generada a partir de la desprotección de las personas y los ecosistemas que habitan.
La Ley Bases y el RIGI pretenden generar un sistema legal paralelo olvidando las leyes locales, nacionales y los Tratados de Derechos Humanos que gozan de jerarquía constitucional. Pero la Constitución Nacional es más fuerte. Justamente, la interpretación constitucional enseña que los derechos son relativos y de ninguna manera absolutos porque un derecho absoluto implicaría una concepción antisocial. En este sentido, los privilegios absolutos que busca garantizar el RIGI no se adecuan a nuestro texto constitucional.
La reforma constitucional de 1994, que cumple 30 años, garantiza el derecho al ambiente sano, equilibrado y sustentable, permitiendo que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer a las generaciones futuras. Sin embargo, esta mirada intergeneracional no se refleja en el RIGI.
¿Es posible brindar privilegios a 30 años sin contemplar los derechos de las generaciones venideras? La prioridad que se le otorga a los proyectos y exportaciones se encuentra en tensión con los derechos humanos de las generaciones presentes y futuras.
Los eternos privilegios de un RIGI sin derechos podrían ocasionar daños irreversibles y permanentes a nuestros ecosistemas y comunidades. Para evitar que nuestros derechos sean borrados es fundamental enfrentar esta maquinaria con nuestra Constitución Nacional.