A partir de hoy, Milei podrá avanzar en una reforma del Estado y renegociar o rescindir contratos de obras públicas, sin pasar por el Congreso, entre otras facultades.
El Gobierno nacional avanzó este lunes con la reglamentación de una primera parte de la Ley Bases. Con la publicación del decreto, el Gobierno puso en vigencia el capítulo de Reforma del Estado. La norma otorga facultades extraordinarias al presidente Javier Milei en cuatro áreas clave: administrativa, económica, financiera y energética.
La puesta en vigencia del capítulo de Reforma del Estado incluye la "reorganización administrativa", las privatizaciones y los cambios en el empleo público.
El primer artículo de la Ley Bases declara las emergencias en "materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año”. Así, la norma delega en Milei "las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente".
De esta manera y durante el período que dure la delegación en materias determinadas o por emergencia pública, el Presidente, con su firma y la del Jefe de Gabinete, puede ejercer funciones legislativas a través de decretos, siempre y cuando se cumpla con lo establecido por el Congreso en la ley de delegación, lo que se conoce como "las bases de delegación".
Estas facultades le permitirán avanzar en una reforma del Estado y renegociar o rescindir contratos de obras públicas, entre otras funciones, sin pasar por el Congreso. El presidente deberá informar de manera mensual las acciones realizadas con las facultades delegadas. A su vez, se dispone que los decretos deberán ser controladas por una comisión bicameral.
Cabe destacar que también se reglamentó el "silencio positivo" para las autorizaciones de trámites, de forma que si el Estado no se expide, quien lo solicita quedará automáticamente autorizado.