El Gobierno presentó los cambios en el Reprocann

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Los cambios en el Reprocann incluyen, por ejemplo, la obligatoriedad para los profesionales de la salud de contar con una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal del cannabis.

Después de varios meses, el Ministerio de Salud finalmente oficializó este martes una serie de cambios en el Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann) orientados a las asociaciones civiles y ONG que soliciten el permiso de cultivo y transporte de la planta.

En este sentido, el cambio más significativo es que los profesionales de la salud que gestionen el trámite deberán contar con una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal de la planta.

Se oficializó con la publicación de la Resolución 3132/2024 en el Boletín Oficial. El Ministerio de Salud manifestó que los cambios introducidos tienen el objetivo de "fortalecer los controles y la transparencia".

El Reprocann es un registro de aquellas personas que cumplen con las condiciones para acceder a un cultivo controlado de la planta de cannabis, con fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. En Argentina, el cultivo y el uso del cannabis para fines medicinales o terapéuticos es legal desde 2020.

A partir de los cambios oficializados, las personas jurídicas que actualmente se encuentren inscriptas tienen un plazo de seis meses para readecuarse y cumplir con los nuevos requisitos. Durante ese período, aclararon las autoridades, las inscripciones y autorizaciones continuarán vigentes.

Los principales cambios al Reprocann

-El registro para cultivadores solidarios se limitó a dos personas.

-Las ONG deberán estar registradas y habilitadas ante el organismo de inscripción y fiscalización que corresponda a cada jurisdicción y notificación al municipio del objeto de la ONG/Asociación civil. Al mismo tiempo, deberá tener como parte de su objeto social el fin sanitario y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, sumado a que los miembros de la comisión directiva de las ONG no deben tener antecedentes penales.

-Establece como requisito excluyente para solicitar el REPROCANN contar con “indicación médica para uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico que se encuentre registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con una Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la Planta del Cannabis Medicinal”.

-Se va a convocar al Consejo Consultivo para “trabajar de manera conjunta en el cumplimiento de los objetivos de la ley y de la resolución”.

-Crearán un registro en cada jurisdicción.

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