La Provincia rompe la huelga general y descontará el día de paro

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El gobierno provincial descontará el día a los empleados públicos que adhieran al paro general de este jueves 10. "Esta es una medida tomada en Buenos Aires contra la gestión nacional; no hay ninguna causal objetiva que justifique la medida en la provincia de Santa Fe", afirmó el ministro de Gobierno Fabián Bastia.

El gobierno la provincia de Santa Fe confirmó que descontará el día a las y los trabajadores que adhieran al paro nacional que convocó la CGT para este jueves 10 de abril. La medida disciplinaria será tanto para docentes como para empleados públicos en general.

Desde el Poder Ejecutivo justificaron la decisión en que los trabajadores que lo deseen podrán llegar a sus lugares de trabajo, ya que el gremio de la Unión Tranviaria Automotor (UTA) no adhiere al paro de la CGT. "UTA no adhiere, lo que significa que las condiciones para acceder a los lugares de trabajo están garantizadas. Quien desee trabajar podrá hacerlo con absoluta normalidad y a quien decida ausentarse y adherir a la medida, se le descontará el día", afirmó el ministro de Gobierno Fabián Bastia.

 

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Para el funcionario de Pullaro, "esta es una medida tomada en Buenos Aires por dirigentes de Buenos Aires contra la gestión nacional; no hay ninguna causal objetiva que justifique la medida en la provincia de Santa Fe".

Bastia aseguró que "hay una premisa muy clara que siempre hemos dejado clara desde el primer día: garantizamos la posibilidad de trabajar y también la otra opción".

Como sucedió en otras jornadas de paro, docentes y trabajadores públicos deberán completar una declaración jurada para dejar constancia de que asistieron a sus lugares de trabajo el día de paro. Si no se completa, el gobierno provincial descontará el día.

En Santa Fe, los gremios que adhieren al paro convocado por la CGT son CTA, CTRA, docentes de escuela y universitarios, ATE, UPCN, Festram, Asoem, Amra, Siprus, empleados de comercio, empleados del Poder Judicial, bancarios, Asociación Sindical Personal Iapos (ASPI) y Utedyc.

El derecho a huelga en Argentina está consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Cuanta, además, con la protección legal según la Ley de Asociaciones Sindicales (Ley 23.551) y la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo.

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